Después de 3 años, dictaron sentencia a los feminicidas de la niña Luz María en San Luis Potosí

La menor fue hallada sin vida en la zona centro del municipio de Tamazunchale en octubre de 2019

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Dictaron sentencia a dos hombres
Dictaron sentencia a dos hombres culpables del crimen de odio cometido en contras de una menor de 12 años en San Luis Potosí: (FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM)

Los dos feminicidas de la menor de edad identificada como Luz María, finalmente recibieron sentencia este 13 de enero. A Ángel Rafael “N” y Ángel “N” se les imputa por el feminicidio y violación de la niña, quien al momento de ser asesinada tenía 12 años de edad.

Cabe recalcar que esta condena se convierte en la primera en obtenerse derivada de un crimen de odio ejercido contra las mujeres. Tuvo que pasar mucho tiempo y una lucha constante para que el municipio de Tamazunchale en San Luis Potosí reconociera y dictara esta sentencia histórica.

El crimen fue perpetuado el 23 de octubre de 2019 por los dos hombres mencionados. Aquel día, Luz María fue raptada por los sujetos, quienes la violaron y posteriormente terminaron con su vida. Su abuela alertó a las autoridades su desaparición, sin embargo su cuerpo fue hallado más tarde en la calle Morelos del Barrio del Carmen, municipio de Tamazunchale.

La menor vestía su uniforme de la escuela secundaria a la que asistía y presentaba lesiones en el cuello, tras la necropsia correspondiente, se dio a conocer que falleció por estrangulamiento.

Desde entonces, su familia siguió buscando que se hiciera justicia por la pequeña, sin embargo la espera fue de más de 3 años. Por fin este mes de enero de 2023, se espera que los culpables sean sancionados con la sentencia máxima en estos casos.

La familia de Luz María
La familia de Luz María vivió un calvario durante tres años en busca de justicia. (Foto: Graciela López Cuartoscuro)

Hasta el cierre de esta nota, las autoridades no ahondaron en detalles sobre las pruebas y resultados que arrojaron sus investigaciones.

Actualmente, México se coloca como uno de los países con mayores tasas de homicidios intencionales en Latinoamérica, con 28 víctimas por cada 100 mil habitantes. Aunado a ello, solo dos de cada 10 muertes violentas de mujeres en 2021 se indagaron como feminicidio, asesinato de una mujer por violencia de género.

En la Ciudad de México han ocurrido 71 delitos de este tipo, es decir, el 8.08% del total. Es por ello que 2022 podría convertirse en el año con más feminicidios. El máximo histórico en la capital se dio en 2020 con 82 asesinatos, apenas 11 menos que el actual periodo.

A nivel nacional, Juárez es el municipio con mayor número de casos con 17, de enero a noviembre de 2022. Esta demarcación se encuentra en Nuevo León, estado que a su vez es el segundo de mayor incidencia. A estas regiones le siguen Morelia (Michoacán) con 13, Guadalupe (Nuevo León) con 11, Iztapalapa (CDMX) con 10, Manzanillo (Colima) con 10, Cuauhtémoc (CDMX) con 9, Ecatepec de Morelos (Estado de México) con 9, Valle de Chalco Solidaridad (Estado de México) con 9 y General Escobedo (Nuevo León) con 9.

De acuerdo con el Artículo 325 del Código Penal Federal (CPF), el homicidio de una mujer se considera feminicidio cuando cumple con, al menos, una de siete características; sin embargo, la punibilidad y protocolos de investigación no son iguales en las diferentes entidades de la república.

El 2022 podría convertirse en
El 2022 podría convertirse en el año con más feminicidios. El máximo histórico en la capital se dio en 2020 con 82 asesinatos, apenas 11 menos que el actual periodo. (REUTERS/Raquel Cunha)

1. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

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