El 2023 ya esta aquí y con ello un nuevo calendario, el cual cuenta con sus días y puentes de descanso, una oportunidad para poder descansar, salir de vacaciones de manera oficial. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de asueto son aquellas fechas conmemorativas en las que los trabajadores o empleadores pueden tomar un break de los deberes.
Según el calendario de este año, el primer puente del 2023 está registrado para el sábado 4 de febrero y concluirá hasta el lunes 6. Un descanso de 3 días para las y los trabajadores que buscan un respiro. Una fecha en conmemoración de la promulgación de la Constitución de 1917, firmada el cinco de ese mismo mes.
El segundo puente se dará del sábado 18 de marzo al lunes 20 para celebrar el natalicio de Benito Juárez. Por último, el tercer descanso largo se registrará del 29 de abril al primer lunes del 1º de mayo en motivo del Día Internacional de los Trabajadores.
Sin embargo, para los estudiantes los puentes y descansos son mayores que los establecidos para los trabajadores. Paras aquellas aulas públicas o escuelas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP), las vacaciones de fin de año aún continúan una semana más, después de que la dependencia anunciara que la fecha de inicio sería hasta el lunes 9 de enero del 2023 y no este 2 como se había propuesto.
Pero, a pesar de tener más descansos de lo estimado desde un inicio, los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria tendrán un punte mucho antes de lo establecido en el calendario ya que por motivo de la primera junta de Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, el primer descanso largo para los menores será del viernes 27 de enero al domingo 29.
Días feriados y días oficiales
Los días de asuetos u oficiales son aquellas fechas que están concedidas por la ley para que los trabajadores o empleados descansen. Estos tiempos deben de ser concedidos por lo patrones o empresas y, sí este no es el caso, deberán ser pagados según con lo dictaminado por la Constitución.
De acuerdo con el articulo 74 de la Ley Federal del Trabajo, si los días de asueto no son tomados como descansos, las empresas deberán de pagar tal fecha al doble del salario estimado por día además de una prima dominical del 25 por ciento.
En caso de que estas condiciones no sean cumplidas el trabajador podrá levantar una queja en el Tribunal de Justicia que emitirá una acta ante la empresa o el patrón.
Los siguientes días oficiales del 2023 son:
-Lunes 6 de febrero: conmemoración de la Constitución Mexicana.
-Lunes 20 de marzo: conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
-Lunes 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores.
-Sábado 16 de septiembre: Día de la Independencia.
-Lunes 25 de diciembre: Día de Navidad.
Por otro lado, los días festivos o no oficiales son aquellos que son concedidos por los usos y costumbres de la población. Son fechas que, a pesar de no ser emitidos por la ley, algunas instituciones los toman como descansos. Un ejemplo de esto son el día 24 y 31 de diciembre.
Otros días festivos son:
-Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril por el Jueves y Viernes Santo (calendario católico/ cristiano).
-Viernes 5 de mayo: conmemoración de la Batalla de Puebla.
-Jueves 12 de octubre: Día de la Raza.
-Jueves 2 de noviembre: Día de Muertos.
-Martes 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe.
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