Una de las principales recomendaciones de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) es que en caso de que haya solicitado un retiro por desempleo de su cuenta de Afore, utilice su aguinaldo para aplicar el reintegro, es decir, regresar la cantidad que utilizó de su cuenta anteriormente.
Ante ello, la Consar dio a conocer cuáles son los pasos para poder reintegrar los recursos a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), la cual se encarga de acumular los ahorros durante su vida laboral hasta la etapa de jubilación.
De acuerdo con el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), los desempleados podrán solicitar hasta el 11.5% de sus fondos de ahorro administrados por su Afore, siempre y cuando hayan transcurrido al menos cinco años desde la última vez que se realizó un retiro. También podrá disponer de su dinero en caso de matrimonio, aunque en cualquiera de los dos casos se recomienda evitarlo.
¿Cuáles son los pasos para reintegrar los recursos?
-El primer paso es acudir a la administradora que resguarda sus recursos.
-Personal de la Afore deberá revisar sus datos y notificará el monto que deberá reintegrar.
-Luego tendrá que definir si reintegra el monto de forma total o en parcialidades.
-Después deberá depositar la cantidad acordada en un máximo de 5 días.
-Finalmente se le otorgará un acuse de recibo y se notificará al IMSS.
Pero ¿Qué pasa si no regreso el dinero que retiré de mi Afore?
La Asociación Mexicana de Afores (Amafore) informó que los ciudadanos que no devuelvan los recursos se pueden enfrentar a las siguientes complicaciones:
-Sumará una cantidad menor de sus recursos al momento de pensionarse.
-También disminuirá su número de semanas cotizadas si se encuentra afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
-En el caso de los trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) también bajará el monto de su retiro. Su pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año laboral y dependiendo de los años trabajados.
Para conocer en qué administradora se encuentran sus ahorros, los interesados podrán realizar la consulta por internet, vía aforeMóvil o por teléfono.
En tanto, hay que recordar que en caso de que el titular de la cuenta fallezca, entonces los beneficiarios designados podrán cobrar los recursos que no están destinados al pago de su pensión, por ejemplo, el ahorro voluntario.
En caso de que no seleccione a las personas que desea para que le entreguen sus recursos al morir, éstos se dispersarán Según lo previsto en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.
El límite permitido para seleccionar como beneficiarios es de hasta 5 personas, sin importar su edad, género o parentesco. Aunque para iniciar con el trámite deberá tener presente la Clave Única de Registro de Población (CURP) de las personas que elija.
En México operan 10 administradoras actualmente. Ocho de ellas son empresas privadas, una es pública y una más es una sociedad entre gobierno y un particular. Así, cada trabajador puede escoger la que más le convenga para resguardar su dinero hasta llegar a la edad adulta.
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