Cómo acreditar transferencias bancarias entre cuentas propias ante el SAT

Los movimientos que realizan usuarios de cuenta a cuenta no generan impuestos

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Una persona realiza movimientos en su cuenta bancaria. (Foto: Cuartoscuro)
Una persona realiza movimientos en su cuenta bancaria. (Foto: Cuartoscuro)

Día con día, miles de personas realizan transferencias interbancarias entre cuentas propias, ya sea para llevar un mejor control de su dinero o simplemente para dividir gastos. Sin embargo, este tipo de acciones podría acarrear problemas futuros ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Hay que recordar que, de acuerdo con expertos, dichas transferencias realizadas de cuenta a cuenta, y debidamente identificadas con el Registro Federal de Contribuyente (RFC), no generan impuestos. Sin embargo, sí existen ciertos casos en que este mecanismo suele confundirse con otros ingresos.

De ese modo, el SAT podría tomarlo como una”discrepancia fiscal”, es decir, los movimientos se podrían considerar como ingresos adicionales, por lo que será necesario identificarlos.

Las personas deberán llevar un control de sus depósitos. (Foto: Cuartoscuro)
Las personas deberán llevar un control de sus depósitos. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cómo acreditar movimientos bancarios?

-Presentar un estado de cuenta para verificar que se trata de ingresos propios.

-Contar con una copia o recibo donde se especifique el monto.

-Que la cuenta se encuentre a su nombre.

-Reporte de transferencia (hora y día).

-Nombre de la cuenta bancaria de la que salieron los recursos.

Por su parte, será necesario recalcar que el SAT ya no vigila los depósitos bancarios. Desde diciembre de 2021, el fisco aclaró que no es verdad que cobrará o vigilará los depósitos en efectivo.

En ese sentido aclaró que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto.

La confusión anterior se generó a raíz de la propuesta que hizo Hacienda de incluir en el Paquete Económico 2022, que los bancos entreguen información relacionada con los depósitos en efectivo de manera mensual y no anualmente, como se maneja anteriormente.

Ante ello, el fisco insistió en que no cobra impuestos por depósitos en efectivo y tampoco se incorporó en la miscelánea fiscal de este año.

De ese modo, la propuesta que se realizó al respecto, gira en torno a que las instituciones financieras otorguen información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT.

Si se detecta una incongruencia entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información.

De acuerdo con el SAT, las auditorías se realizan anualmente a un porcentaje muy pequeño del universo de contribuyentes ya que, de 70 millones solo se revisa a 10 mil al año aproximadamente.

Lo que llevan a cabo es cruzar la información de lo que estos contribuyentes declaran con los depósitos bancarios y se coteja con los datos que brindan las instituciones financieras. Cuando los contribuyentes estén en proceso de revisión, los bancos estarán obligados a informar a la autoridad fiscal de manera mensual los ingresos en efectivo para una fiscalización más exacta que coadyuve en las auditorías que se estén llevando a cabo.

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