Cuál es la sanción por ingresar, transportar o vender pirotecnia en el Metro de la CDMX

Entre las acciones preventivas que formarán parte del operativo se encuentra la revisión de mochilas y bultos voluminosos por personal autorizado, así como recorridos de vigilancia en pasillos, andenes y al interior de los trenes

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Se activó el operativo “Cero
Se activó el operativo “Cero Pirotecnia” para inhibir el ingreso, traslado y venta de fuegos artificiales en las inmediaciones del transporte (Foto: Metro CDMX)

Con el objetivo de proteger la seguridad e integridad de los usuarios en estas fiestas decembrinas, el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro informó que se activó el operativo “Cero Pirotecnia” para inhibir el ingreso, traslado y venta de fuegos artificiales en las inmediaciones del transporte.

De acuerdo con las autoridades de la Ciudad de México (CDMX), a partir del martes 13 de diciembre se puso en marcha el operativo en conjunto con elementos de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), y permanecerá activo hasta el próximo 6 de enero de 2023.

“Con el objetivo de proteger la seguridad e integridad del público usuarios y como medida de Protección Civil, el Metro exhorta a evitar el ingreso y el traslado de pirotecnia al interior de las instalaciones en el marco de las festividades decembrinas”

Según detallaron, entre las acciones preventivas que formarán parte del operativo se encuentra la solicitud a los usuarios para permitir la revisión de mochilas y bultos voluminosos por personal autorizado, así como recorridos de vigilancia en pasillos, andenes y al interior de los trenes.

Estas acciones de seguridad se realizarán con especial énfasis en las estaciones:

-Pino Suárez de la Línea 2

-Zócalo

-Allende

-Bellas Artes

-Candelaria

-Jamaica

-Las terminales Cuatro Caminos e Indios Verdes

“Puntos en los que anualmente se ha detectado el traslado de pirotecnia durante las celebraciones de la temporada”, indicaron las autoridades capitalinas. Asimismo, como parte del dispositivo se reforzarán los accesos del resto de las estaciones en las líneas activas de la red, con apoyo y comunicación permanente de la Policía Bancaria.

¿Qué pasa si ingreso, transporto o vendo pirotecnia en el Metro de la CDMX?

Las personas que sean sorprendidas
Las personas que sean sorprendidas portando pirotecnia podrán ser sancionadas y remitidas a las autoridades correspondientes (Foto: Metro CDMX)

El Sistema de Transporte Colectivo Metro recordó que las personas que sean sorprendidas portando pirotecnia podrán ser sancionadas y remitidas a las autoridades correspondientes, según lo establecido en los artículos 227 y 230 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

Y es que de acuerdo con el artículo 227, son causas justificadas para negar al usuario la prestación del servicio de transporte público de pasajeros cuando “porte bultos, materiales inflamables o animales que puedan, de forma manifiesta, causar molestia o representen un riesgo para los demás usuarios o ensuciar, deteriorar o causar daños al vehículo, con excepción de perros de asistencia”.

Mientras que en el artículo 230 se lee: “Se prohíbe a los usuarios del servicio público de transporte masivo de pasajeros transportar materiales inflamables de fácil combustión o mal olientes que pongan en peligro la seguridad o comodidad de las personas”.

¿Cuál es la multa por tronar pirotecnia en CDMX?

La detonación de pirotecnia en
La detonación de pirotecnia en la Ciudad de México no es legal y amerita una multa en la capital del país (Foto: Twitter/ @MetroCDMX)

Cabe señalar que la detonación de pirotecnia en la Ciudad de México no es legal y amerita una multa en la capital del país, pues de acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica, “detonar o encender cohetes, juegos pirotécnicos, fogatas o elevar aeróstatos sin permiso de la autoridad competente” representa una infracción contra la seguridad ciudadana.

Estas acciones representan una infracción tipo C, lo que implica:

-21 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s). Cada UMA equivale a 96.22 pesos, es decir, de 2 mil 20 a 2 mil 886 pesos.

-De no pagar la multa, la sanción es un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.

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