Cuáles son los 21 puntos inconstitucionales del Plan B de Reforma Electoral, según Ricardo Monreal

El senador presentó algunos de los puntos que le resultaban más alarmantes del paquete de reformas, debido a que atentan contra la Carta Magna

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Ricardo Monreal se reunió con
Ricardo Monreal se reunió con el secretario de Gobernación para presentar las inconstitucionalidades encontradas en el Plan B de Reforma Electoral de AMLO. (Cuartoscuro)

En medio de las controversias que ha desatado la aprobación del Plan B de Reforma Electoral de Andrés Manuel López Obrador en la Cámara de Diputados —por la vía rápida—, el senador Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), identificó al menos 21 puntos de este conjunto de reformas que atentan contra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Durante una primera reunión, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, rechazó 15 de los 21 cambios al Plan B propuestos por Monreal Ávila y aceptó sólo seis.

“Fue una reunión que iniciamos a las 8 de la mañana. El secretario de Gobernación y un servidor. Luego, a las 9 de la mañana se incorporaron los dos presidentes de comisión, Mónica Fernández y Manuel Espino; y a las 9:40 iniciamos la reunión con el grupo parlamentario y con los aliados: el Partido Verde, el PES y el PT”, explicó Monreal por la tarde del 12 de diciembre.

Las modificaciones reconocidas y aceptadas por el titular de la Segob contemplan la inconstitucionalidad de procedimientos alusivos al Instituto Nacional Electoral (INE), así como a la pérdida de registro de partidos políticos y el financiamiento de estos.

El titular de la Segob
El titular de la Segob aprobó sólo 6 de los 21 puntos presentados por Monreal. (Cuartoscuro)

Cuáles son los puntos que quedaron fuera del Plan B

Los bloques inconstitucionales presentados por Monreal y que el secretario de Gobernación aceptó que fueran eliminados fueron:

1. La obligación del Instituto Nacional Electoral (INE) de entregar al Congreso propuestas de reforma a leyes electorales. Viola el artículo 71 constitucional. Se eliminó del art. 224 numeral 5.

2. Modificar en la ley las causas para la pérdida de registro de partidos políticos Se pretendía que un partido conservara su registro si obtenía 3% de la votación en 17 estados, a pesar de no alcanzar el 3% de la votación nacional. Esto viola los artículos 41 y 116 constitucionales, por lo que se eliminó la incorporación respecto a obtener 3% en la mitad de las entidades federativas, pero se mantiene como causal de pérdida de registro no contar con el nuevo número de afiliados.

3. El Plan B contemplaba la posibilidad de otorgar financiamiento local a partidos nacionales que perdieran su registro local, pero esto viola el artículo 116 constitucional. Por tanto, se eliminó.

En la reunión, además de
En la reunión, además de López Hernández y Monreal, también estuvieron el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Rafael Espino, y Mónica Fernández, presidenta de la Comisión de Gobierno. (Cuartoscuro)

4. Transferir votos entre partidos mediante candidatura común. Viola el artículo 35 constitucional (jurisprudencia relativa a la acción de inconstitucionalidad 61/2008 de la SCJN). Se eliminó, pero se mantiene la referencia a la candidatura común en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) sin reglamentación en la Ley General de Partidos Políticos.

5. Autogobierno indígena. Viola el artículo 2 de la Constitución. Se eliminó.

6. Paridad obligatoria para la integración de las Cámaras del Congreso y acciones afirmativas para postular candidatos de grupos vulnerables. La paridad obligatoria viola el artículo 41 constitucional que se refiere a paridad de candidaturas. Además, de acuerdo con el senador, las acciones afirmativas carecen de base constitucional y violan el principio de autodeterminación de los partidos políticos. Se eliminó la paridad obligatoria. Se mantienen, con cambios en la redacción, las acciones afirmativas para grupos vulnerables.

El bloque de reformas seguirá en revisión

Pese a que el conjunto de modificaciones propuesto por el senador morenista no fue aprobado en su totalidad, el resto de puntos inconstitucionales se mantendrá bajo revisión, por lo que las posibilidades no están del todo cerradas.

El Plan B de Reforma
El Plan B de Reforma Electoral fue entregado, discutido y aprobado en la Cámara de Diputados por la vía rápida. (Cuartoscuro)

Las consideraciones que a día de hoy continúan en el Plan B de Reforma Electoral, pese a la vulneración a la Constitución que representan, son:

1. “Sistema Nacional de Elecciones”. Contraviene explícitamente lo dispuesto por el artículo 41 Constitucional, base V, Apartado A. Se mantiene en el libro tercero. Art. 28 Bis en adelante.

2. Limitación material y temporal de las facultades reglamentarias del INE y a la emisión de sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Limitación a la plenitud de jurisdicción del TEPJF en litigios por la elección de dirigentes partidistas y candidatos a cargos de elección popular. Limitar sanciones a infractores de la Constitución o la legislación electoral. Carece de base constitucional. Se mantiene.

3. Limitar facultades constitucionalmente otorgadas a los Organismos Públicos Locales (OPLES). Viola los artículos 41 y 116. Se mantiene. Cabe recordar que la reorganización y limitación de tareas administrativas de los OPLES es uno de los puntos principales con los que AMLO pretende conseguir un ahorro millonario para el Estado mexicano.

4. Eliminar las 300 juntas distritales y crear órganos auxiliares temporales. Reformular el procedimiento para designar funcionarios de casilla, introduciendo elementos discrecionales. Viola el articulo 41 constitucional. Se mantiene.

5. Eliminar la Secretaría Ejecutiva, la Junta General Ejecutiva, la Oficialía Electoral y la Unidad técnica de lo Contencioso Electoral. Viola el artículo 41 constitucional. Se mantiene.

6. Crear una Comisión de Administración, integrada por 5 consejeros electorales con facultades ejecutivas. Viola el artículo 41 constitucional. Se mantiene.

7. Duplicar número de afiliados requerido para nuevos partidos. Viola el derecho de asociación. Se mantiene.

8. Cambiar la denominación del titular del Poder Ejecutivo Federal. Viola el artículo 80 de la CPEUM. Se mantiene y replica en nuevos artículos, como el 329 de la LGIPE.

Ricardo Monreal adelantó que se
Ricardo Monreal adelantó que se hará una revisión minuciosa del Plan B de Reforma Electoral y que no se aprobaría con la misma prontitud que lo hicieron en la Cámara de Diputados. (CUARTOSCURO)

9. Destitución del actual secretario ejecutivo, confirmación del titular del Órgano Interno de Control (OIC) y ratificación de consejeros electorales. Viola el artículo 41 constitucional al violentar la autonomía del INE. Se mantiene.

10. Violaciones al procedimiento legislativo: sustitución ilegal de la gaceta parlamentaria y cambios no aprobados por el pleno (ajustes a reserva de sala regional especializada).

11. Reelección inmediata. Se incluye obligación de solicitar licencia para postularse y se incorporan requisitos adicionales que no se encuentran en la Constitución. Se incorporó.

12. Definición de “votación válida emitida”. Se incluye a los candidatos independientes de la deducción de votos, lo que es inconstitucional. Se mantiene.

13. Eliminación de la Sala Regional Especializada. Al eliminarla se crea una sección resolutora de la Sala Superior del TEPJF, lo que no está previsto en el artículo 99 de la CPEUM. Se incluye en el art. 32 de la LGIPE que la impresión de papelería electoral se realizará con asistencia de la SEP, lo cual viola la autonomía. Se incorpora.

14. Voto por internet en el extranjero. Se prevé que el voto de mexicanos en el extranjero será sólo por internet, lo cual viola el art. 41 constitucional que establece que el sufragio debe ser libre, secreto y directo. Se incorpora.

15. Reformas a la Ley General de Comunicación Social. Las normas previstas son contrarias al artículo 134 constitucional en materia de propaganda gubernamental y las obligaciones de servidores públicos en materia de imparcialidad en la contienda electoral y de uso de la propaganda gubernamental. En reciente sentencia la SCJN declaró inválido el decreto interpretativo aprobado en Cámara de Diputados con esa misma pretensión. Se mantiene.

Cabe especificar que aunque el proyecto de dictamen presidencial fue discutido y aprobado por la Comisión de Gobernación, aún es necesario que el Plan B se lleve al Pleno del Senado para su ratificación o modificación, según lo decida las y los legisladores de las bancadas.

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