El fallecimiento de un ser querido siempre es doloroso y en estos tiempos también es caro, por eso es que aquellos trabajadores que contaran con seguro médico por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tienen la oportunidad de que sus familiares puedan solicitar un apoyo económico.
Dicha ayuda sirve para poder cubrir los gatos funerarios, únicamente en caso de que el titular muera, ya que el enfrentar una pérdida es uno de los procesos más complicados de sobrellevar y a su vez uno de los más costosos.
¿Cómo solicitar los gastos funerarios del IMSS?
La institución le entrega a algún familiar del derechohabiente fallecido un apoyo económico, el cual se calcula considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por lo tanto no en todos los casos se entrega la misma cantidad.
Los requisitos que se deben tener en cuenta para poder percibir dicho monto son:
- La persona asegurada deberá contar con mínimo 12 semanas de cotización en el transcurso de nueve meses anteriores a su fallecimiento. En caso de que la muerte ocurra por algún tipo de riesgo laboral, no será necesario contar con semanas cotizadas el momento.
- Al momento de la defunción deberá tener vigentes todos sus derechos de seguro médico para que se pueda llevar a cabo el proceso y completarlo.
- En caso de que se trate de una persona pensionada, también se deberá verificar que cuente con sus derechos de derecho habiente vigentes.
¿Cómo solicitar los gastos funerarios del ISSSTE?
En el caso particular de dicha institución, el apoyo podrá ser solicitado por cualquier persona, siempre y cuando haya sido quien haya cubierto los gastos fúnebres de derecho habiente, aunque no se trate de un familiar, únicamente deberá mostrar los documentos necesario para poder llevar a cabo el trámite correctamente.
Los documentos que deben tener a la mano para poder presentarlos son:
- Certificado de defunción del derechohabiente.
- Factura correspondiente a los gastos funerarios.
- Credencial de la persona pensionada que haya sido expedida por el ISSSTE.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizado.
- Identificación oficial vigente de la persona que demuestre que haya solventado todos los gastos del funeral, puede ser: INE, pasaporte o Cédula profesional que acredite su identidad.
Los papeles anteriormente mencionados tendrán que presentarse directamente en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE que se encuentre más cercano del domicilio en el que se radique.
Es importante recordar que se trata de un trámite totalmente gratuito y se cuenta con un plazo de 90 días hábiles para poder recibir una repuesta por parte de la institución.
Por otro lado, el Directorio Estadístico de Unidades Económicas del INEGI demuestra que en México existen 10 mil 514 unidades de servicios funerarios, mientras que el Estado de México es la entidad con mayor número, al registrar mil 152 agencias funerarias, mientras que Quintana Roo es el menor, con tan solo apenas 48 negocios relacionados.
La Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016 establece que un servicio funerario consiste en; el manejo, tratamiento, acondicionamiento y traslado, entre otros servicios que se prestan desde que ocurre el fallecimiento de una persona hasta su destino final, ya sea que la familia decida enterrarlo en un panteón o realizar una cremación.
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