Jueza frenó el pase de la Guardia Nacional a la Sedena

La juzgadora federal de Guanajuato, Karla María Macías, otorgó una suspensión definitiva a la organización “Uniendo Caminos México”, con el fin de que no se transfiera el control operativo y administrativo de la GN a la Secretaría de la Defensa Nacional

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(Foto: Cortesía Presidencia)
(Foto: Cortesía Presidencia)

La jueza Novena de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías, detuvo el pase de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), al otorgar una suspensión definitiva a la organización Uniendo Caminos México, la cual promovió un amparo para que se declarara inconstitucional este traspaso.

Con lo anterior, se frenó de manera indefinida la transferencia del control operativo y administrativo de la GN a la Secretaría encabezada por Luis Cresencio Sandoval, por lo que permanecerá con un mando civil bajo la dirección de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Además, se instruyó a la SSPC y a la Sedena suspender de manera inmediata la transferencia de “recursos presupuestarios, financieros y materiales referentes al artículo sexto transitorio, fracción II, del decreto combatido” por la organización.

La suspensión definitiva fue concedida este lunes 24 de octubre, hecho que fue celebrado por el representante de la organización, Ángel Castro Gómez, quien impugnó el decreto aprobado por los diputados el pasado 3 de septiembre, y por los senadores el 9 de dicho mes.

La Guardia Nacional continuará con
La Guardia Nacional continuará con sus labores de seguridad pública bajo un mando civil (FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM)

Uniendo Caminos México, en coordinación con México Haciendo Ciudadanía, Neurona Ciudadana y demás organizaciones de la sociedad civil presentaron 72 amparos colectivos entre septiembre y octubre del año en curso, en contra del decreto por el que se incorpora la GN a la Sedena.

Al respecto, la jueza Macías Lovera indicó que la suspensión otorgada “no causa perjuicio al interés social ni al orden público”, toda vez que la GN continuará llevando a cabo sus funciones de seguridad pública, pero bajo un mando civil.

Cabe mencionar que esta resolución puede confirmarse, modificarse o revocarse a través de un recurso de revisión, en caso de que el gobierno federal impugne el fallo de primera instancia, tal y como ocurrió el pasado 19 de octubre.

En aquella ocasión, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, con sede en Guanajuato, revocó la suspensión provisional que había sido otorgada por la jueza Karla Macías para evitar que el mando operativo de la GN quedara en manos de la Sedena.

(Foto: Cortesía Presidencia)
(Foto: Cortesía Presidencia)

Los magistrados refutaron el recurso promovido por Ángel Castro Gómez bajo el argumento de que “no contaba con un interés jurídico o legítimo” para solicitar la suspensión, pues indicaron que únicamente tenía un interés simple, lo cual no está permitido en materia de amparo.

En ese sentido, el magistrado Gerardo Mendoza señaló que para que ese amparo procediera, el quejoso estaba obligado a demostrar un “perjuicio de difícil reparación” directo y personal que podría derivarse de la reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador a la Guardia Nacional.

“No se puede presumir válida y objetivamente que el decreto que ordena el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena le genere al quejoso un agravio diferenciado”

Bajo este contexto, cabe recordar que el pasado 11 de octubre diferentes senadores de oposición promovieron una controversia constitucional contra la reforma del tabasqueño. Fueron cerca de 49 legisladores críticos de la autodenominada Cuarta Transformación (4T) quienes acudieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para presentarla.

Seis días después, la Fiscalía General de la República (FGR) promovió una impugnación contra la suspensión provisional de la reforma a la GN. Un juez federal adscrito al juzgado Noveno de Distrito en Guanajuato fue quien recibió el oficio, mismo que se reimitó a un tribunal colegiado de la misma entidad.

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