Qué pasa con la casa Infonavit cuando el acreditado muere

La familia tendrá un respaldo en caso de presentarse en una situación similar

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Familiares asisten al entierro de
Familiares asisten al entierro de un fallecido por covid-19 en México. (Foto: Archivo/EFE/ José Méndez)

Uno de los procesos que nadie puede evitar es la muerte, por lo que muchas personas prevén ese tipo de situaciones para no dejar desprotegidos a sus seres queridos, por ejemplo: padres, hijos, pareja, entre otros. Sin embargo, hay quienes no piensan en ello, entonces cuando mueren pueden llegar a surgir algunas dudas..

¿Qué le pasa a mi casa de Infonavit si yo fallezco? Esta es una de las principales interrogantes que tanto acreditado como familiares pueden llegar a realizar. En este caso podría haber tranquilidad, pues cuando el derechohabiente falte el crédito hipotecario quedará saldado.

Es decir, la casa se pagará gracias a un seguro con el que cuentan todos los financiamientos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) al adquirir uno.

De ese modo, la familia tendrá un respaldo en caso de presentarse en alguna situación parecida, así tendrá la certeza de que su patrimonio quedará intacto para sus seres queridos. Es decir, la casa quedará en manos de los familiares sin ningún problema.

Las casas cuentan con un
Las casas cuentan con un seguro. (Foto: Pixabay)

Sin embargo, una vez que la persona fallece, los seres queridos o familiares más cercanos deberán informar sobre el suceso al Infonavit con el objetivo de dar validez al autoseguro.

¿Cómo hacerlo?

*En primer lugar el interesado tendrá que comunicarse a Infonatel (55 91 71 50 50), donde le programarán una cita y se le asignará un número de caso con la emisión de un folio.

*El día de dicha cita, tendrá que acudir al área de cobranza de la oficina de atención del instituto que corresponda y llevar la siguiente documentación y una copia.

-Número de Seguridad Social del acreditado.

-Folio emitido durante su cita.

-Identificación oficial del acreditado.

-Acta de defunción.

-Identificación oficial del solicitante.

-Acta de nacimiento del familiar que lo solicita.

-En su caso, carta de crédito conyugal.

-Si el acreditado falleció en el extranjero, el acta de defunción deberá de estar apostillada.

Se recomienda también hacer un
Se recomienda también hacer un testamento. (Foto: Cuartoscuro)

Si su casa fue adquirida bajo el concepto de Crédito Conyugal o Unamos Crédito, entonces aplicará de la misma manera, pues cada uno de los involucrados contará también con un seguro individual y al faltar uno de los dos, se podrá acceder a algunas posibilidades como: se aplicará la parte proporcional de cada uno de los acreditados para que la deuda quede finiquitada, los familiares podrán también realizar la solicitud correspondiente con los datos antes mencionados.

Para mayor información, el usuario podrá ingresar a Mi Cuenta Infonavit, donde podrá conocer el estatus actual de su financiamiento y el seguro que tiene para este tipo de eventualidades.

Pese a que existe un seguro que liquida la deuda, otro de los problemas podría surgir al morir la persona en caso de no hacer un testamento. Y es que si existe un testamento, no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio intestamentario que es caro, tedioso y largo.

Además, al no realizarlo se pueden generar cierta inconformidad o conflictos entre los familiares, dejará desprotegidos a sus seres queridos, deberá tramitar juicios caros y tediosos, así como gastos innecesarios y una herencia repartida sin considerar su voluntad.

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