El año 2022 está a poco tiempo de concluir, lo que puede significar una buena señal para los menores de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), pues podrán disfrutar de sus vacaciones de invierno que ya están muy cerca, pero además hay también un mes cargado de días inhábiles para los menores.
De acuerdo con el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) aún faltan por tomar días feriados, de asueto y otras fechas establecidas como sin actividad para los alumnos. A continuación recordaremos cuáles son los puentes o días festivos y período vacacional que deberá contemplarse el resto del año.
El esquema de la SEP establece que son al menos 190 días efectivos de clase en todo el ciclo escolar (2022-2023) y más de 20 días sin clases por diversas razones y a favor de los pequeños, ya que tomarán una pausa.
¿Cuáles son los días inhábiles?
*Viernes 28 de octubre: suspensión de clases por reunión de Consejo Técnico Escolar.
*Miércoles 2 de noviembre: celebración del Día de Muertos. Se trata de un día de asueto, es decir, que no es obligatorio otorgarlo; sin embargo, sí se autoriza faltar para las escuelas y algunos empleos.
*Viernes 18 de noviembre: no habrá clases debido a la Descarga Administrativa (actividad de los profesores relacionada con la evaluación de sus alumnos).
*Lunes 21 de noviembre: se recorre la fecha por la conmemoración de la Revolución Mexicana que originalmente se celebra el 20 de noviembre.
*Viernes 25 de noviembre: pausa a las actividades por el encuentro del CTE, que realizan los maestros y directivos.
*Lunes 19 de diciembre al viernes 30 del mismo mes: periodo vacacional de invierno por fiestas decembrinas.
Otra buena noticia para los menores es que durante la primer semana del mes de enero 2023, tampoco asistirán a la escuela, ya que en el calendario escolar se encuentra marcado ese lapso como sin actividades.

De ese modo, los menores descansarán del lunes 2 de enero al viernes 6 del mismo mes, pues se impartirá el denominado “Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudios, como su nombre lo dice solo se tomará en cuenta para maestros.
Hay que recordar que los días feriados son establecidos como descansos oficiales en el país, es decir, tanto empleados como estudiantes deben frenar sus actividades durante la fecha indicada.
Mientras que los días de asueto no son considerados como obligatorios; sin embargo, en algunas instituciones sí las otorgan a sus trabajadores, con motivo de alguna celebración especial, tal es el caso del jueves y viernes santo o día de muertos. En las escuelas siempre se consideran para no laborar.
Además, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal. Por ello, todos los colaboradores tendrán que tomar un receso al menos de un día, por cada seis laborados.
Mientras que las fechas de descanso obligatorio también se encuentran avalados por la Ley Federal del Trabajo, como un derecho que tienen los empleados para disfrutar conforme al calendario que establece la ley.
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