SAT dio fecha límite para regularizar declaraciones provisionales

El llamado de la autoridad fiscal es para las personas morales del régimen general de ley o en el régimen simplificado de confianza

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(Captura de pantalla: Google Street)
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un llamado a las personas morales tanto del régimen simplificado de confianza (Resico) como del régimen general de ley para que realicen, a más tardar el próximo lunes 19 de septiembre, los pagos provisionales de enero a julio de 2022.

A través de un comunicado, el SAT indicó este martes que si las personas morales cambiaron antes del 1 de agosto del Resico al general de ley o viceversa, presentaron el aviso correspondiente y tuvieron dificultades para presentar su declaración, que para el ejercicio fiscal 2022 considerará vigente el último régimen fiscal que eligieron.

“Al ingresar al portal para presentar su declaración provisional del tipo normal para el régimen general de ley, aparecerá el concepto ISR personas morales; en el caso del Resico, aparecerá el concepto ISR implicado de bonanza. Personas morales”, explicó el SAT.

La dependencia sugirió a los contribuyentes que, previo a presentar la declaración del pago provisional de agosto, presenten el pago correspondiente de enero y los siguientes meses.

Destacó que, para que se actualice y precargue su información, entre la presentación de cada declaración provisional deberán transcurrir 24 horas cuando no se requiera el pago y, 48 horas después del pago en caso de requerirse.

Si hicieron algún pago en el régimen que abandonaron existe la posibilidad de disminuir dicho monto del pago en su nueva declaración. Para ello deberán seleccionar el apartado “¿Tienes compensaciones por aplicar?” Y escribir el monto total de los pagos que hayan realizado.

Para orientación fiscal, está a disposición de las personas físicas la oficina virtual, OrientaSAT, el número MarcaSAT 55 6272 2778 o las oficinas del SAT, con previa cita.

Cómo saber si tienes un adeudo fiscal con el SAT

(Foto: especial)
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Siempre existe la incertidumbre para cualquier persona en México saber si tienes algún cargo o adeudo ante el SAT, sobre todo si no cuentas con un contador o administrador que pueda resolver tus dudas o problemas.

Si no estás realizando tus obligaciones fiscales ante el SAT, órgano dependiente de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), puede traducirse en multas y recargos o incluso problemas legales, por eso es importante saber si estás al corriente con tus obligaciones.

Cualquier persona puede hacer la consulta del adeudo fiscal, no importando si eres física o moral. Para realizarlo existen dos modalidades: presencial o en línea. Además, el SAT permite que este trámite se realice cuando el contribuyente lo requiera y es gratuito.

De acuerdo con el SAT, hay dos maneras de saber tus adeudos fiscales: ser notificado o descubrirlo por ti mismo. La máxima autoridad fiscal en México te indica cómo hacerlo en tres sencillos pasos:

(Foto: especial)
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- Revisa el estatus fiscal en el Portal del SAT, lo cual se realiza ingresando con la contraseña personal y dando clic a la opción “Adeudos fiscales”.

- El sistema te solicitará tu RFC y contraseña, por eso es importante tenerlo a la mano.

- Con tu RFC y contraseña da clic en “Mis asuntos pendientes” y verás la lista de tus obligaciones fiscales sin finalizar.

También puedes realizarlo presencialmente. Debes acudir a la institución más cercana del SAT, en donde presentarás la documentación y ahí te orientarán con el trámite. Posteriormente debes generar la línea de captura en la sala de internet con apoyo del personal del módulo o solicita la línea de captura en la ventanilla asignada.

Mas adelante, recibirás impreso el formato con línea de captura. Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla de la institución bancaria para realizar el pago correspondiente. Y listo, has concluido el trámite.

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