IMSS: todo lo que debes saber sobre el tipo y cobro de incapacidades

El instituto explicó cuál es el límite de pago y las semanas de cotización que deberá tener un trabajador

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Los trabajadores deberán tener un número de semanas cotizadas para validar la incapacidad. (Foto: Cuartoscuro)
Los trabajadores deberán tener un número de semanas cotizadas para validar la incapacidad. (Foto: Cuartoscuro)

Preguntas como ¿Qué porcentaje de pago debo de tener? o ¿Cuál es el límite de pago? Suelen desarrollarse al presentar una incapacidad, es decir, aquellos trabajadores que se encuentran afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que deberán permanecer en casa derivado de un accidente de trabajo o enfermedad tendrán que solicitarla.

Y es que será necesario recordar que, cuando un empleado se encuentra incapacitado para desarrollar su labor diaria en la institución donde fue contratado, ya sea por accidente, enfermedad o embarazo, pero cotiza para el IMSS, entonces el médico de este instituto deberá expedir un certificado de incapacidad.

Se trata de un papel que justificará la ausencia del trabajador (a) durante el período o lapso de tiempo que requiere para su recuperación. La buena noticia es que, de acuerdo con el organismo, los asegurados ya podrán consultar la información relacionada con la incapacidad que fue expedida recientemente y hasta el pago del subsidio que corresponda.

La incapacidad podrá consultarse por internet. (Foto: Cuartoscuro)
La incapacidad podrá consultarse por internet. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cómo consultar mi incapacidad por internet?

*El interesado deberá ingresar al escritorio virtual del IMSS. Aquí

*Tendrá que crear una cuenta en caso de no haberse registrado anteriormente.

*Deberá tener a la mano su Clave Única de Registro de Población (CURP) y su firma electrónica (e.firma).

Según el instituto, el pago de la incapacidad también podrá caer directamente en su cuenta bancaria, siempre y cuando su empresa tenga el “convenio de pago” con el IMSS.

¿Cuáles son los tipos de incapacidad y porcentaje que deberán pagarte?

*Riesgo de trabajo

En este caso no se requieren semanas de cotización. El porcentaje de pago será del 100% del salario registrado ante el IMSS. Mientras que el límite de pago será de un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS.

*Enfermedad en general

Sí le solicitarán semanas de cotización, que son al menos 4 semanas anteriores al inicio de la enfermedad. Si es trabajador eventual, revisarán alrededor de 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad.

El porcentaje del pago será del 60% del salario registrado ante el instituto, al inicio de la incapacidad. Se pagará a partir del cuarto día hasta el término de las 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.

*Maternidad

Las semanas cotizadas que le solicitarán son: 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación. Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad (Artículo 103 de la Ley del Seguro Social).

El porcentaje de pago para el certificado único de incapacidad por maternidad, será el 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la semana 34 de gestación, por el total de días que ampare el documento. Los enlaces se pagarán al 60% del salario indicado y por los días autorizados en cada documento.

Mientras que, el límite de pago será del certificado único de incapacidad por maternidad, hasta por 84 días. En las incapacidades por enlace, hasta por 21 días.

El comprobante se deberá presentar en su trabajo. (Foto: Cuartoscuro)
El comprobante se deberá presentar en su trabajo. (Foto: Cuartoscuro)

El IMSS también dio a conocer que, todos aquellos que cumplan con los requisitos antes mencionados, el paso del subsidio se tendrá que realizar al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco que sea señalado.

El trámite deberá presentarse directamente en las oficinas de la clínica que le corresponde, una vez que le entreguen el documento de cobro, el incapacitado deberá presentar en la ventanilla del banco: la copia de la incapacidad y una identificación oficial vigente.

En caso de que su empresa tenga convenio de pago con el IMSS, entonces deberá entregar la copia de la incapacidad al área de recursos humanos de su empleo.

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