El tema de la pensión siempre será importante para todas las personas a partir de los 60 años de edad. Sin embargo, si desea conocer un monto aproximado de lo que podría recibir en unos años, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) cuenta con una calculadora de retiro con la que podrá revelar los datos deseados.
De acuerdo con la Consar, esta herramienta permitirá estimar cuál podría ser la pensión de una persona al finalizar su vida laboral. Aunque también mostrará algunas alternativas para considerar el ahorro voluntario.
Antes de dar a conocer cómo utilizar la llamada calculadora de retiro, el interesado tendrá que tomar en cuenta lo siguiente: conocer el año en que inició con la cotización a la Ley del Seguro Social, años cumplidos a la hora de realizar el ejercicio, el número de semanas cotizadas con las que cuenta bajo la Ley del Seguro Social, así como el promedio del salario base de cotización de los últimos 5 años.
¿Cómo usar la calculadora de pensión?
*El trabajador deberá ingresar al siguiente link. Aquí
*Colocar la Afore en la que se encuentran resguardados sus ahorros.
*Anotar los datos que se requieren como: salario base, fecha de nacimiento, año de afiliación, edad en la que desea retirarse, entre otros.
*Dar click en calcular para conocer el resultado.
Hay que recordar que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) son las encargadas de resguardar los recursos de los trabajadores durante su vida laboral, por lo que será importante conocer cuál es y la que dé mejores rendimientos.
En caso de que desconozca cuál es la Afore que administra su dinero, entonces podrá consultarlo a través de la plataforma del e-SAR en el siguiente enlace. Aquí
También podrá llamar a SARTEL al número 55-13-28-50-00. También considerar la descarga desde su celular de la App AforeMóvil.
El IMSS insistió que el cálculo de pensión será mostrado con relación a la estimación de un importe de pensión considerando los supuestos de la Ley del Seguro Social Vigente al 30 de junio de 1997.
Además, será necesario detallar que para solicitar una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez se deberán considerar algunos requisitos.
Aunque existen diferencias entre cada una, la primordial entre ambas se enfocará en la edad, es decir, se solicitará una vez que haya llegado al rango de edad de la siguiente manera.
*Cesantía en Edad Avanzada: está será pedida en caso de que la persona sea mayor de 60 años y menor de 65, además de que se encuentre dado de baja del régimen obligatorio.
*Vejez: en este caso se considerará si la persona cuenta con 65 años de edad o más, y se dio de baja en el régimen obligatorio después de cumplir los 65.
Cualquiera de las pensiones serán otorgadas al interesado cuando hayan cumplido la edad para hacerlo, además de contar con el período mínimo de cotización que marca la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De ese modo, será importante recordar que el período mínimo de cotización que prevén los ordenamientos señalados son de 500 semanas de cotización para la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997. Mientras que será de mil semanas para aquellos que se encuentren vigentes a partir del 1 de julio de 1997.
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