En medio de la pandemia de COVID-19, que no da tregua en el país y sigue mermando la salud de millones de personas, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recordó algunos beneficios a los que puede acceder un trabajador independiente.
Se trata de las posibilidades a las que podrán acceder aquellos que tienen un negocio propio, son freelance o laboran por su cuenta, ya que el instituto recordó cuáles son los 5 seguros que estarán a su disposición en caso de darse de alta en el IMSS.
De acuerdo con el instituto, con el nuevo esquema integral los trabajadores podrán contar también con el pago de incapacidades, cobertura de riesgos de trabajo y guarderías. Por ello, al incorporarse al IMSS, tendrán derecho a la cobertura de seguros, al igual que los empleados de régimen obligatorio.
¿Cuáles son los seguros?
*Seguro de riesgos de trabajo
Otorga asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, servicios de hospitalización, aparatos, prótesis, rehabilitación, así como el pago de incapacidades.
En caso de fallecimiento se dará una ayuda económica para gastos de funeral, además de las pensiones de viudez, orfandad, o ascendientes que correspondan.
*Seguro de enfermedad y maternidad
Ofrecerá a los beneficiarios y familiares servicios médicos e incapacidades. En caso de maternidad, se otorga asistencia obstétrica para la aseguradora, cónyuge o concubina, ayuda de al menos 6 meses para lactancia.
Las aseguradoras tendrán derecho a un subsidio igual al 100% del último salario de cotización.
*Seguro de invalidez y vida
Las prestaciones serán válidas cuando el asegurado sufre un accidente o enfermedad no profesional que le impide trabajar de manera ordinaria y obtener más del 50% del salario que percibe durante su año laboral, así como en caso de muerte del trabajador.
*Seguro de Cesantía en edad avanzada o vejez
Se otorgará a los empleados que hayan cumplido los períodos de cotización y edad que exija la ley del Seguro Social. (Cesantía: 60 años; vejez: 65 años o más, con 750 semanas en 2021, con incrementos anuales de 25 semanas hasta llegar a 1000 conforme a la nueva LSS o 500 semanas de cotización para LSS 1973).
En caso de que el asegurado no cuente con las suficientes semanas de cotización, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta que cubra las semanas necesarias para obtener la pensión.
El asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre y cuando la pensión calculada en el Sistema de Renta Vitalicia sea superior en más de 30% de pensión garantizada.
*Seguro de guarderías y prestaciones sociales
Se proporcionan los cuidados de salud, educación y recreación, incluyendo aseo y alimentación de los hijos de la mujer trabajadora y empleado viudo o divorciado que tenga la custodia de los niños.
Los empleados independientes también podrán tener algunos beneficios como: cónyuge o concubina (rio), hijos, madre o padre.
Aquellos que desean solicitar este esquema deberán realizar un cálculo en el simulador de cuotas del IMSS, con el fin de conocer el monto que deberán pagar al mes, es decir, el precio de la incorporación voluntaria. Para ello deberá acceder al siguiente enlace. Aquí.
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