SAT: ¿Puede mi empresa despedirme o retener mi sueldo sino presentó la constancia de situación fiscal?

El documento contiene datos de identificación, ubicación, así como obligaciones fiscales de todos los empleados

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Las empresas seguirán solicitando la constancia de situación fiscal. Foto: Pixabay
Las empresas seguirán solicitando la constancia de situación fiscal. Foto: Pixabay

A pesar de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio una prórroga para la entrada en vigor de la factura electrónica 4.0, la cual incluye el nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor. Sin embargo, los ciudadanos aún tendrán que presentar la constancia de situación fiscal a sus empresas.

Y es que pese a que la emisión de este tipo de facturas serán obligatorias hasta el otro año, los patrones tendrán que seguir con el proceso de transición de esta nueva versión de facturación lo que resta del año y por ello, los contribuyentes deben seguir presentando la constancia de situación fiscal.

Se trata de un documento importante que requieren las compañías para emitir dicha factura. Contiene datos de identificación, ubicación, así como obligaciones fiscales de todos los empleados.

El SAT dio prórroga. Fotos: CUARTOSCURO
El SAT dio prórroga. Fotos: CUARTOSCURO

En ese sentido, surgieron otras interrogantes tales como:

¿Puede mi empresa despedirme o retener mi sueldo en caso de no presentar la constancia de situación fiscal?

La respuesta inmediata es no, ya que de acuerdo con el SAT, la emisión de facturas es muy independiente a la obligación que tienen los trabajadores, por lo que no entregar la constancia no deberá afectarlos en ningún modo.

El SAT recordó que los datos que se buscan en la constancia son: Registro Federal del Contribuyente (RFC); nombre de la persona física o razón social de la empresa; código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal.

De ese modo, el SAT orientó a los contribuyentes en este tema y aseguró que, en caso de contar con estos datos podrá otorgarlos al área de Recursos Humanos de su compañía, sin necesidad de presentar la constancia de situación fiscal.

A través de un comunicado, la autoridad fiscal dio a conocer que la entrada en vigor de la facturación de este tipo será hasta el 1 de enero de 2023.

Fotos: CUARTOSCURO
Fotos: CUARTOSCURO

Las compañías podrán comenzar con la transición de facturación lo que resta del año. Ante ello, solicitarán la constancia de situación fiscal, la cual se podrá obtener de las siguientes formas.

1.- Presencial

Una de las maneras de obtenerla es acudir a las oficinas en el horario laboral del SAT, aunque el fisco ha pedido a las miles de personas que hacen fila diariamente en sus inmediaciones, no solicitarla de forma presencial y mejor revisar otras formas para ello.

El SAT recordó el día de hoy que, aquellos que requieran la constancia pueden acudir a las oficinas sin necesidad de una cita y solo deberán conocer su RFC completo y presentar una identificación oficial.

2.- A través de la plataforma SAT ID

*El contribuyente tendrá que acceder al siguiente enlace. Aquí

*Contar con una identificación vigente, RFC a 13 posiciones, correo electrónico personal y número de celular a 10 posiciones, para que el fisco pueda enviar la respuesta.

3.- SAT MÓVIL

*Descargue la aplicación denominada SAT Móvil desde cualquier teléfono celular o tableta.

*También necesitará su RFC y contraseña.

4.- PORTAL DEL SAT

El fisco anunció que se trata de un proceso que puede generar cualquier persona desde su plataforma oficial de internet. A continuación revelaremos cuáles son los pasos:

*El interesado deberá ingresar al siguiente link. Aquí.

*Una vez ahí, pulsar en “otros trámites y servicios”.

*Luego click en “genera tu Constancia de Situación Fiscal”.

*Para ello, deberá tener a la mano su RFC, contraseña o firma electrónica vigente.

El fisco recalcó que la entrega del documento no deberá ser condicionada por ningún servidor del SAT por presuntos adeudos o verificación física del domicilio del contribuyente. En caso de ser testigos de un acto parecido podrán denunciar al siguiente número telefónico: 55 88 52 22 22 o al correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx.

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