A través de un comunicado, el Instituto Nacional Electoral indicó que la Unidad Técnica de Fiscalización identificó diversos gastos en publicidad presuntamente vinculados con partidos políticos alrededor de la reciente revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador. Agregó, además, que dentro de la normativa vigente aplicable no se permiten esta clase de financiamientos.
Lo anterior, fue declarado en el Informe sobre los gastos realizados por los partidos políticos y en el Informe de las actividades de fiscalización en la revocación de mandato, mismo que fue dado a conocer al Consejo General durante su más reciente sesión ordinaria.
Jaime rivera, el consejero presidente de la Comisión de Fiscalización, informó que se trata de un informe donde únicamente se enumeran diversos hallazgos en el proceso, y no necesariamente se trata de un documento concluyente, por lo que al momento no es vinculante.
Lo anterior, significa que por el momento se trata únicamente de un informe descriptivo por el que no se determinan responsabilidad, ni tampoco se impone ninguna clase de sanción política, pero que sí podrían derivar en conductas que probablemente constituyan infracciones a la normatividad.
“Repito, son los resultados de observación, monitoreo y, en su caso, solicitudes, emplazamientos de información para establecer hechos”, apuntó Rivera durante la sesión.
En este sentido, añadió que fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quienes declararon concluido el proceso de revocación de mandato al decretar que no es vinculante, pero, se ordenó que se terminaran los procesos para investigar si existieron hechos que pudieran constituir infracciones a la Ley.
Por su parte, el consejero presidente Lorenzo Córdova se dijo seguro de que todos los partidos se apegaron a la Ley, por lo que no será necesario que se hagan imposiciones de diversas sanciones en los términos que marca la constitución.
Respecto al informe presentado, aseguró que se presentan justamente los hallazgos dentro del corte de caja, conforme a los lineamientos validados por el Tribunal Electoral, aunque una cosa muy diferente será el momento que lleguen las sanciones.
Sin embargo, el consejero José Roberto Ruiz negó que el Consejo General haya renunciado a la posibilidad o atribución de abrir procedimientos oficiosos; esto, luego de considerar que siempre están expeditos en materia de fiscalización.
“Parece que se acusa a este órgano máximo de dirección de tomar una decisión como si estuviera impedido para tomarla. Está expedito el derecho en todo momento de actuar por la vía de procedimientos oficiosos”, informó.
En su turno, el consejero Ciro Murayama hizo una fuerte crítica, pues consideró que ejercicios democráticos como el de la revocación de mandato no pueden servir para “abrir la puerta al dinero opaco en la política”, y mucho menos para la corrupción financiera.
“Los partidos tienen una serie de responsabilidades de rendición de cuentas que no tienen los concesionarios de empresas de espectaculares, ni las asociaciones civiles que se constituyen para impulsar estas actividades”, dijo.
Por su parte, la consejera Claudia Zavala recordó que fue la Suprema Corte quien a través de la acción de inconstitucionalidad prohibió que se hicieran este tipo de gastos por parte de los partidos políticos.
Lo anterior, dijo, porque cuando se inició con la regulación, existía “una permisión legal para los partidos políticos”, quienes podrían hacer este tipo de gastos en publicidad durante la revocación de mandato.
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