El Programa de Apoyo a Madres, Padres o Tutores Solos fue implementado por el Gobierno Federal de México para ayudar a aquellos padres que trabajan, estudian o están desempelados con un monto de mil 600 pesos bimestrales.
El objetivo principal es contribuir a que los niños tengan la atención y cuidados pertinentes para su bienestar. Se pueden otorgar máximo tres apoyos por cada hijo para así ayudar a los tutores que no tienen los recursos suficientes o que no pueden cuidar a los niños mientras desempeñan sus labores.
Para los niños que tienen desde un año hasta los tres años de edad se les dará un apoyo de mil 600 pesos y para los que tengan alguna discapacidad, el monto será de 3 mil 600 pesos desde el primer año hasta los 5 años de edad.
Requisitos y documentación
- Que el padre, la madre o el tutor esté trabajando, buscando empleo o estudiando (contar con un comprobante que demuestre el estado laboral o académico).
- No estar inscrito a ningun servicio de cuidado y atención infantil a través de instituciones públicas de seguridad social.
- Tener un hijo o hija de entre 1 y 3 años de edad.
- Tener un hijo o hija con alguna discapacidad, de entre 1 y 5 años de edad.
- Identificación oficial del padre o tutor soltero (si es menor de edad deberá prestar su pasaporte o acta de nacimiento).
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- Carta de no afiliación al IMSS o ISSSTE.
- Formato que se otorga en las sedes de la Secretaría de Bienestar de cada estado.
- Acta de nacimiento de cada niño, máximo tres.
- CURP de cada niño.
- En el caso de niños con discacidad se debe contar con un certificado emitido por una instutución de salud pública federal, estatal o municipal.
Las madres y padres solteros que residen en zonas indígenas deben identificar su domicilio con la conformidad de clasificación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas además de contar con los siguientes documentos:
1. Carta formulada ante dos testigos en la que se señale la pertenencia en la comunidad indígena correspondiente a su domicilio.
2. Escrito libre bajo protesta de decir la verdad que explique donde trabaja, estudia o se capacita el padre, madre o tutor.
3. Constancia de la partera o persona que asistió al nacimiento del niño con la firma de dos testigos.
La inscripción se realiza mediante una visita de la Secretaría del Bienestar a los domicilios de los inscritos en el censo o asistiendo a un módulo de atención.
En la Ciudad de México existen al menos 21 módulos de atención en disntintas alcaldías. Para consultarlos hay que ingresar a este enlace y buscar el estado en el que viva la persona junto con su alcaldía o municipio.
Para obtener más información sobre el apoyo y el registro hay que ingresar a a página de la Secretaría del Bienestar, enviando un correo a demandasocial@bienestar.gob.mx o bien comunicarse al teléfono 01 800 007 35 05.
Una vez cumplidos los requisitos y el registro, el apoyo se realizará por medio de una tarjeta bancaria que otorga la Secretaría del Bienestar.
Este trámite es totalmente gratuito y sin ninguna comisón, por lo que esta prohibido cobrar a la hora de realizar el proceso y si eso sucede se debe reportar inmediatamente con la Secretaría del Bienestar.
SEGUIR LEYENDO: