El primer día del quinto mes del año siempre es considerado como de descanso oficial, pues se trata de la fecha para conmemorar a los trabajadores en México. La buena noticia para algunos es que aquellos que laboren podrán recibir un pago triple, más el monto relacionado con la prima dominical.
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, si una persona presta sus servicios durante un día de descanso obligatorio como es el caso del próximo domingo 1 de mayo, los trabajadores tendrán derecho a un pago extra, independientemente del salario que les corresponda por descanso obligatorio.
Sin embargo, en caso de que la fecha marcada en el calendario como día feriado, llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir, con el domingo, el patrón tendrá que considerar también el desembolso de la prima dominical, así lo establece el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Por qué se deberá recibir un pago cuádruple?
Tras el desglose de lo anterior, un empleado deberá recibir un pago cuádruple, que es el triple de salario por prestar sus servicios esa fecha, más la prima dominical, ya que se deberá cubrir el salario diario normal más el el doble por el servicio prestado, así como el monto relacionado con la prima dominical.
Además, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), los ciudadanos que laboren durante el domingo, tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, sobre el salario de los días ordinarios del trabajo.
Las prestaciones u observaciones anteriormente señaladas son aplicables para todos aquellos trabajadores, entre ellos jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de manera general, todos los que cuentan con un contrato de trabajo.
Será importante detallar que el tiempo que resta del año, se consideran también algunos otros días feriados, es decir, los considerados como de descanso obligatorio, así como días de asueto, que son considerados solamente en algunas empresas como es el caso de las festividades por los fieles difuntos, jueves y viernes de la Semana Santa, entre otros.
¿Cuáles son los festivos para el resto del año?
*Domingo 1 de mayo.
*Viernes 16 de septiembre (Independencia de México)
*Miércoles 2 de noviembre (Día de los muertos). Esta fecha es considerada no oficial, por lo tanto es de asueto para algunas empresas, quienes la otorgan a sus trabajadores por la festividad.
*Lunes 21 de noviembre (Se recorrerá la fecha por la celebración de la Revolución Mexicana, la cual se festeja el 20 de noviembre).
*Domingo 25 de diciembre (Navidad).
Hablando de los acontecimientos o festividades, hay que recordar que los menores están a poco tiempo de disfrutar de algunos descansos durante mayo.
De acuerdo con la SEP, el primer descanso para los pequeños se tomará el jueves 5 de mayo, debido a la conmemoración de la Batalla de Puebla.
Mientras que el puente comenzará a partir del viernes 27 de mayo, a causa de la tradicional reunión de Consejo Técnico Escolar (CTE) que toman tanto directivos como docentes en cada plantel educativo.
También será importante recordar que durante el quinto mes del año se realizan algunas festividades o festivales especiales el día 10, para celebrar a las mamás. Este año, el 15 de mayo (Día del Maestro) caerá en domingo.
SEGUIR LEYENDO