SCJN ratificó, ante el gobierno de Colima, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica

Dicha entidad federativa y la Cofece presentaron quejas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación; sin embargo, la determinación del pasado 7 de abril generó un precedente en favor de las modificaciones promovidas por López Obrador

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La SCJN reiteró que la reforma a la Ley de Industria Eléctrica es constitucional ante el gobierno de Colima (Foto: EFE)
La SCJN reiteró que la reforma a la Ley de Industria Eléctrica es constitucional ante el gobierno de Colima (Foto: EFE)

La controversia en relación a la reforma de la Ley de Industria Eléctrica (LIE), promovida por el Ejecutivo Federal y aprobada por el legislativo en 2021, continúa dando de qué hablar, pues ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó su postura ante el gobierno de Colima.

Y es que este martes 19 de abril, el pleno de la Corte sobreseyó la controversia constitucional promovida por el estado de Colima contra el decreto que modificó diversas disposiciones de la LIE, esto al actualizarse la causa de improcedencia relativa a falta de interés legítimo.

De acuerdo con la SCJN, esta determinación atiende a que “el decreto impugnado no afecta la esfera de competencias de la entidad actora, cuya tutela es precisamente el objeto de este tipo de medios de control constitucional”.

Con esta iniciativa se mejorará la capacidad distributiva de la CFE en el sector eléctrico (Foto: EFE/Mario Guzmán)
Con esta iniciativa se mejorará la capacidad distributiva de la CFE en el sector eléctrico (Foto: EFE/Mario Guzmán)
“Controversia constitucional 45/2021, promovida por el Gobernador del Estado de Colima, contra el Congreso de la Unión y otra autoridad, demandando la invalidez del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 9 de marzo de 2021″

Cabe destacar que la reforma promovida por la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en relación a la LIE, aunque fue aprobada el Congreso de la Unión, fue mal recibida por la oposición, de tal modo que un grupo de senadores, el gobierno de Colima y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) presentaron acciones de inconstitucionalidad ante la máxima autoridad judicial de México.

Conforme al proceso revisorio de la SCJN, primero se atendió a la queja presentada por Miguel Ángel Osorio Chong (PRI), Miguel Ángel Mancera (PRD) y otros legisladores federales de la llamada oposición parlamentaria. Para declarar como contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), esta reforma debería de tener ocho manifestaciones en contra, pues se exige la mayoría calificada.

La SCJN generó un precedente en relación a la reforma de la LIE el 7 de abril (Foto: Cuartoscuro)
La SCJN generó un precedente en relación a la reforma de la LIE el 7 de abril (Foto: Cuartoscuro)

En el resumen de la votación del 7 de abril se puede apreciar que a favor estuvieron los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; en contra, votaron Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Ana Margarita Ríos Farjat.

Ante este resultado, las modificaciones a la LIE se consideran con apego a la Constitución y al Estado de derecho que promueve el gobierno mexicano, por lo que las quejas venideras (la de Colima y la de Cofece) se sujetarán al precedente generado el 7 de abril. No obstante, y, aunque se respete la determinación de la Corte, hubo manifestaciones que condenaron la votación de la Sala de la SCJN.

Por ejemplo, el Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (Imco) condenó la resolución de la SCJN en relación a la LIE y advirtió que esto tendrá repercusiones negativas en las condiciones económicas de México, pues esperan un ambiente negativo para la inversión extranjera en el sector.

Aunque la determinación de la Corte es inapelable, hubieron quienes se manifestaron en contra de ésta (Foto: EFE)
Aunque la determinación de la Corte es inapelable, hubieron quienes se manifestaron en contra de ésta (Foto: EFE)
“Esta decisión reduce la competitividad del país al contribuir al deterioro del clima de inversión en México, reducir drásticamente las posibilidades de inversión privada en la generación eléctrica, poner en riesgo la existencia del mercado eléctrico y beneficiar a las centrales de generación más costosas y contaminantes en detrimento del medio ambiente”

Conforme a lo difundido por el instituto, “las principales perdedoras de la reforma son las centrales de energías renovables y limpias”, pues el orden de despacho estipulado por la reforma da prioridad a los nuevos contratos de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física, lo que en los hechos beneficia en primer lugar a las centrales de la CFE, que, según la A.C., “operan a partir de combustibles fósiles”.

Y aunque sí es cierto que parte de las plantas generadoras de la CFE operan con combustibles fósiles, se debe de precisar que es la Comisión la productora de energía eléctrica con mayor aportación a partir de recursos renovables.

Bajo esa óptica, cabe recordar que las productoras privadas producen el 56% del monóxido de carbono de México y el 82% de su electricidad con gas, lo que representa el 55% del abasto del mercado. Además, solamente el 7% de sus aportaciones energéticas las hacen con fuentes renovables como eólica y fotovoltaica, que es intermitente.

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