Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el acta de la sesión pasado 7 de abril en la que se determinó desestimar la acción de inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y en la que no se había alcanzado la mayoría calificada de ocho votos.
Los 11 ministros que conforman el pleno de la SCJN discutieron la controversia constitucional interpuesta por el gobierno de Colima, que en ese momento estaba encabezado por Ignacio Peralta, mediante el cual impugnó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.
De acuerdo con Milenio, los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Lucia Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá, y Luis María Aguilar, se pronunciaron por formular un voto aclaratorio respecto a la aprobación de esta acta, con la que se confirma la votación del pleno del máximo tribunal del país en torno a la LIE.
Cabe recordar que el gobierno colimense había argumentado la invalidez de los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis y XIV; 4, fracciones I y VI; 12, fracción I; 26; 53; 101; 108, fracción V y VI; y 126, fracción II.
De acuerdo con las impugnaciones, las modificaciones de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica propician que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tenga un monopolio en la transmisión y distribución de electricidad, así como eliminar un ambiente de competencia libre en el mercado eléctrico.
Además, se aseguraba que se viola el derecho a un medio ambiente limpio al impedir el desarrollo de políticas públicas que busquen promover el uso de energías limpias.
La votación ocurrió luego de que senadores de oposición, encabezados por Emilio Álvarez Icaza, exigieron a la SCJN que aclaren las “contradicciones” sobre la votación del pasado 7 de abril para que se haya desestimado el recurso de inconstitucionalidad promovida contra la LIE.
Cabe recordar que la ministra Loretta Ortiz, encargada de elaborar el proyecto de sentencia, propuso declarar procedente pero infundada la controversia constitucional, al considerar que no vulneran la libre competencia y concurrencia ni genera daños al medio ambiente, por lo que se reconoce la validez de los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis y XIV, 4, fracciones I y VI, 12, 26, 53, 101, 108, fracciones V y VI, y 116, fracción II.
“El ejercicio de la facultad exclusiva en materia de energía eléctrica, prevista en el artículo 73, fracción X, de la Constitución federal, materializada en la emisión del Decreto de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, no trasciende o impacta, ni constituye un obstáculo o impedimento para el ejercicio de las facultades concurrentes en materia de prevención al medio ambiente que tiene el estado de Colima de conformidad con la diversa fracción XXIX-G de aquél ordenamiento, pues el nuevo diseño normativo en materia de energía eléctrica se llevó a cabo sin incidir negativamente en el medioambiente, constituyendo una medida de continuación de la transición energética y para el avance en la generación de energías limpias, al priorizar el despacho de plantas hidroeléctricas y la promoción en la adquisición de más certificados de energías limpias”, concluyó el proyecto de Loretta Ortiz.
Sin embargo, especialistas del sector aseguran que la aprobación de la Ley de la Industria Eléctrica compromete la producción, el abasto, los costos así como el medio ambiente.
En opinión de Ramsés Pech, analista de la industria eléctrica y económica, el tema tiene tintes ideológicos, ya que el tema central debería ser cómo se generará la electricidad y no quién.
Ramsés Pech destacó que en la resolución de la Corte, la CFE queda como garante en el servicio doméstico “más no en su totalidad en el mercado eléctrico mayorista y lo que debemos tener en cuenta, lo más importante, es que dan al Cenace (Centro Nacional de Control de Energía) el peso específico para que pueda seguir haciendo la forma en cómo debe ser distribuida y despachada la energía en nuestro país”, aseveró en entrevista con El Financiero Bloomberg.
Cabe recordar que la noche del pasado domingo 17 de abril, el Pleno de la Cámara de Diputados rechazó con 275 votos a favor y 223 en contra, el dictamen que reformaba los artículos 4, 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía y acceso a la energía eléctrica.
Pese al revés a la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador -una de las más importantes del gobierno federal- el mandatario envió a la Cámara de Diputados una reforma a la Ley Minera con la finalidad de “proteger al Litio”, mineral que es uno de los más codiciados, pues es necesario para fabricar las baterías de las computadoras portátiles, teléfonos celulares y otros dispositivos digitales.
La reforma a la Ley Minera fue aprobada en Fast Track por los diputados y enviada de inmediato al Senado de la República, en donde ya es analizada en comisiones. De acuerdo con el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, este mismo martes la Ley será votada y aprobada.
Legisladores de oposición advirtieron que se abstendrán de votar el dictamen al asegurar que se trata de un capricho del titular del Ejecutivo.
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