El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió una medida cautelar al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) con la que le ordena retirar la conferencia de prensa dada desde el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) y todo material que difunda la apertura y funcionamiento de este.
De acuerdo con la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral, el mandatario federal difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato.
Y es que, según explicó el Instituto, durante la conferencia de prensa matutina del 21 marzo, realizada en las instalaciones del Aeropuerto de Santa Lucía, se difundieron actividades gubernamentales vinculadas a los logros y acciones del gobierno.
Tal fue el caso de la apertura y funcionamiento del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, al destacar la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, lo que, “en apariencia del buen derecho”, podría constituir propaganda gubernamental prohibida durante el proceso de Revocación.
Por ello, la Comisión de Quejas dio un plazo de tres horas para que el presidente López Obrador, así como el coordinador general de Comunicación Social y Vocero Presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, realicen “las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales y versiones estenográficas de la conferencia” del pasado lunes.
No obstante, el órgano electoral destacó que, de no eliminarlo, se podrán modificar en el mismo periodo de tiempo los archivos a efecto de que sean suprimidas las manifestaciones realizadas por la jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Claudia Sheinbaum Pardo; del gobernador del Estado de México (Edomex), Alfredo del Mazo Maza, y de Luis Cresencio Sandoval González, secretario de la Defensa Nacional (Sedena).
Así como la participación de Gustavo Ricardo Vallejo Suárez, Ingeniero Residente General y Comandante del Agrupamiento de Ingenieros Felipe Ángeles; e Isidoro Pastor Román, Director General del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.
Cabe señalar que la Comisión de Quejas indicó que el reciente decreto aprobado por el Congreso de la Unión para reinterpretar la propaganda gubernamental no es aplicable en el actual proceso de Revocación de Mandato.
El INE recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia en la que establece que la interpretación impulsada por los legisladores de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) no aplica en procesos electorales ya comenzados, y este ejercicio de participación ciudadana, puntualizó, inició el 4 de febrero de este año.
INE ordenó a AMLO, una vez más, dejar de hablar de sus logros de gobierno
El pasado 21 de marzo, la Comisión de Quejas y Denuncias ordenó al presidente López Obrador abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial, de emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados a logros y actividades de gobierno, por considerarse propaganda gubernamental.
Lo anterior, luego de identificar en publicaciones realizadas los días 7, 14, 15 y 17 marzo de 2022 en el perfil de Facebook del Gobierno de México, síntesis de las conferencias matutinas en las que se advierten logros relacionados con el sistema de seguridad, de obra pública, estímulos fiscales e inversiones públicas, por lo que el INE consideró estas publicaciones como propaganda gubernamental.
En su momento, el consejero electoral, Ciro Murayama, señaló que el mandatario federal hay un caso de conducta reiterada de desatender las restricciones que impone la Constitución, pues establece que en veda electoral los servidores públicos no pueden pronunciarse sobre logros de gobierno.
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