La declaración anual de impuestos tiene un límite de tiempo, y una serie de requisitos que se deben de cumplir para poder presentarla como obtener su contraseña o firma electrónica (e.firma) si ya caducaron. Ante ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó una plataforma virtual para poder acceder a ellas sin necesidad de asistir a los módulos.
En este espacio digital también se podrá obtener una Constancia de Situación Fiscal, la cual es solicitada por los empleadores como un requisito de contratación para verificar su registro ante el SAT o, en el caso de las personas morales, un cliente podrá pedir tal documento con el fin de conocer si la compañía en cuestión está debidamente constituida.
Por ello, a continuación daremos a conocer los pasos para poder obtener su contraseña, renovación de e.firma o Constancia de Situación Fiscal, a través de la plataforma virtual denominada SAT ID.
¿Cómo obtenerlos?
En primer lugar se deberá seleccionar el trámite que desea seguir los siguientes pasos:
-El contribuyente deberá ingresar al siguiente link. Aquí.
-Ingresar su RFC.
-Correo electrónico.
-Número de celular a 10 posiciones.
-Luego tendrá que ingresar la documentación que le requiera la autoridad.
-Finalmente deberá confirmar su identidad a través de un video y firmar solicitud.
Hay que recordar que la declaración anual sirve para registrar los ingresos por su salario, sus deducciones, realizar el cálculo del impuesto anual, presentar en ceros, pagar o solicitar un saldo a favor, es decir, una devolución de efectivo.
¿Cuándo debe presentarse?
-La fecha límite para las personas morales (empresas), será hasta el 31 de marzo.
-Mientras que para las personas físicas será hasta el 30 de abril.
De acuerdo con el fisco, el proceso de la declaración tiene que ver con los gastos y deducciones del año anterior y se presenta durante el año en curso.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
*Los trabajadores que cobran por honorarios, plataformas tecnológicas, actividades empresariales, entre otros.
*Aquellos que hayan percibido ingresos anuales mayores de 400 mil pesos.
*Quienes tengan ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400 mil pesos.
*Cuando una persona haya percibido algún ingreso por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
*Los arrendadores, es decir, que cobran renta en algunos inmuebles.
*Aquellos que hayan ganado algún premio. Por ejemplo, como el de la Lotería.
*Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
También será necesario recordar que algunos pensionados deberán realizar la declaración de impuestos.
En tanto, existe también una ventaja en este tipo de procesos, es decir, que se pueden considerar las deducciones personales. Se trata de gastos que como contribuyente tiene derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la declaración anual de impuestos.
El saldo a favor se podrá obtener al deducir gastos relacionados con la educación, salud, o incluso gastos funerarios, entre otros.
Con el fin de brindar un mejor servicio para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el SAT anunció que extendió los horarios de atención en sus módulos.
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