Como cada año, los contribuyentes deben presentar su declaración de impuestos, un proceso que podrán realizar desde una plataforma de internet. Sin embargo, las personas cuentan también con algunos derechos, los cuales recordaremos a continuación.
Antes de mencionar dichos derechos, hay que recordar que, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la declaración de impuestos tiene que ver con los gastos y deducciones del año anterior y se presenta durante el año en curso, tanto para personas físicas y morales (empresas).
¿Cuáles son las fechas para realizarla?
-La fecha límite para las personas morales será hasta el 31 de marzo.
-Mientras que para las personas físicas será hasta el 30 de abril.
¿Y cuáles son los derechos?
1.- Derecho a obtener una devolución. ¿En qué consiste? Cuando tengas saldo a favor podrá solicitar las devoluciones que le correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de sus impuestos, resulta que pagó más de lo que debía, por lo que puede solicitar ante el SAT que le sea devuelta la cantidad.
2.- Derecho a corregir su situación fiscal. ¿En qué consiste? Antes de que se cierre una auditoría a su cargo, podrá ofrecer documentos y comprobantes que permitan aclarar su situación fiscal. Si después de que fueron revisados por la autoridad que le está revisando, se determina que existen diferencias entre lo que declaró y lo que se comprobó durante la auditoría, podrá corregir su situación y pagar las diferencias a su cargo antes de que se emita la resolución o finalice el procedimiento.
Para hacer valer este derecho puede solicitar durante el procedimiento de auditoría atención especializada sobre la mejor alternativa para corregir las diferencias determinadas.
3.- Certificación y copia de las declaraciones presentadas. En este caso el SAT resguarda información relacionada con su situación fiscal, y deberá ser proporcionada en el momento que se solicite.
Algunos ejemplos de procedimientos en los que como contribuyente puedes estar involucrado y requerir copias certificadas son: un expediente de un crédito fiscal; una resolución; una declaración; una notificación y acta de visita domiciliaria.
4.- Actuaciones menos onerosas. Tiene derecho a que la actuación de la administración tributaria sea ágil y transparente, orientada en todo momento tanto a la calidad, mayor simplicidad posible y eficiencia; asimismo, a que se desarrolle en la forma en que te resulte menos costosa.
5.- Identificación de la autoridad competente. También tendrá derecho a conocer la identidad de la autoridad bajo cuya responsabilidad se realizan trámites en los que esté involucrado, como ser sujeto a una visita domiciliaria, un procedimiento administrativo de ejecución, una notificación, una verificación de domicilio, entre otros. Puede solicitar en cualquier momento al servidor público que se identifique como empleado del SAT y te muestre el documento que lo faculta para llevar a cabo la acción de que se trate.
Si quiere conocer todos los derechos de los contribuyentes al declarar o en cualquier momento, podrá visitar la siguiente página. Aquí.
Existe una ventaja en este tipo de procesos, es decir, que se pueden considerar las deducciones personales. Se trata de gastos que como contribuyente tiene derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la declaración anual de impuestos.
El saldo a favor se podrá obtener al deducir gastos relacionados con la educación, salud, o incluso gastos funerarios, entre otros.
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