Desde hace más de un año, miles de personas han muerto en México, principalmente por la pandemia de COVID-19. En ese sentido, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) recordó a los trabajadores designar beneficiarios para heredar los recursos de las Afores en caso de muerte.
Y es que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) se encargan de resguardar los ahorros de las personas durante su vida laboral. Ante ello, la Consar insistió que para evitar complicaciones se tendrá que dejar todo en orden.
En caso de que un trabajador muera, algunos familiares podrán disponer de los recursos guardados en la Afore. Se trata del retiro de beneficiarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De acuerdo con el IMSS, los beneficiarios que podrían heredar en este caso son:
-La viuda o el viudo, si este último dependió económicamente de la trabajadora.
-Los hijos menores de 16 años o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años.
-Los padres (si vivían en el hogar del trabajador).
-A falta del cónyuge, la concubina o el concubinario, si éste último dependió económicamente de la trabajadora.
¿Cuáles son los Sustitutos?
-A falta de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
-Los designa directamente el trabajador en la Afore.
-No necesariamente tiene que ser un familiar.
Una vez que se logra identificar el beneficiario correspondiente, deberá considerar los siguientes pasos.
Es importante resaltar que, en el caso de los sustitutos podrá aplicar cuando no haya legales. No tienen derecho a una pensión, pero sí a disponer de los recursos de la cuenta Afore. Además, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es quien emitirá la resolución para designarlos como beneficiarios de los recursos en estas situación.
¿Cómo solicitarlo?
*El interesado deberá acudir a la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con el fin de que emita la resolución de pensión.
En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que le designa como beneficiario o bien, acuda a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría jurídica gratuita.
*Posteriormente tendrá que asistir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido y llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora.
Hay que recordar que además, tienen derecho a una pensión por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
SEGUIR LEYENDO