La sucesión intestamentaria en México es el procedimiento por el cual los bienes de la persona fallecida se heredan a través de un juicio.
El proceso implica a familiares o las personas cercanas y se lleva a cabo ante un juez del orden familiar, si los implicados cuentan con los documentos solicitados así como la voluntad de llegar a un acuerdo, el juicio sucesorio intestamentario puede concluir en un lapso no muy prolongado.
En caso de que no lleguen a acuerdos, la situación puede provocar conflictos familiares entre quienes consideran tener el derecho a recibir los bienes, implica gastos elevados y pérdida de tiempo.
¿Cómo funciona la sucesión intestamentaria?
* El nombre oficial con el que se refiere en el Código Civil Federal es Secesión Legítima.
* Ante la ley mexicana se toman en cuenta dos formas en la que las personas pueden heredar los bienes y las propiedades de una persona que falleció, las cuales son:
* Testamentaria: que es cuando hay un testamento que fue avalado ante un notario público de acuerdo con el Artículo 1295 del Código Civil Federal en el que señala que: “el testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte”.
* Sucesión Legítima que se implica cuando la persona fallecida no dejó un testamento, por tanto la ley se encarga de la sucesión de bienes, en el Artículo 1599 del Código Civil Federal establece que la herencia legítima se abre cuando:
* No hay testamento.
* Cuando el que se otorgó es nulo o perdió la validez.
* En caso de que el testador no dispuso de todos sus bienes.
* “Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero”.
* “Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, si no se ha nombrado substituto.”
¿Quiénes tienen derecho a heredar los bienes cuando hay una sucesión intestamentaria?
* Con información del Artículo 1602 del Código Civil Federal indica que las personas que tienen derecho a quedarse con los bienes son:
* Hijos e hijas naturales o adoptados, los nietos, bisnietos.
* La esposa o esposo.
* Ascendientes, ya sean padres o abuelos.
* Los parientes colaterales como hermanas, hermanos, tiós, primos, sobrinos o sobrinas por por consanguinidad.
* El concubinario o la concubina, pero deben tener pruebas que acredite la relación.
* Si no hay los herederos anteriores entonces puede pasar a una beneficiencia pública.
Procedimiento del juicio intestamentario:
* Para que se puede iniciar el jucio de la sucesión legítima, las personas implicadas tienen que corroborar que no hay un testamento que haya dejado la persona fallecida.
* Deben ir con un notario público y pedir la búsqueda en el Registro Nacional de Avisos de Testamento (Renat). Sino está el documento o no es válido, se realiza antes la verificación de identidad en el juzgado para confirmar el parentesco con quien falleció.
* Documentos:
* El acta de defunción.
* La constancia para acreditar que no hay testamento.
* Los documentos que comprueben el parentesco con la persona fallecida, la lista de los bienes que se van a heredar y la de las personas con derecho.
* Con la documentación, un abogado hace la demanda para llegar al acuerdo del reparto de los bienes entre los familiares.
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