Con el objetivo de prevenir conductas inadecuadas, la Secretaría de la Función Pública (SFP) emitió este martes un nuevo Código de Ética que deben acatar los servidores públicos del gobierno federal, incluyendo al personal de base y sindicalizado, así como personas que se encuentren haciendo su servicio social o prácticas profesionales. Es decir, desde el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, hasta personal de ventanilla o archivo de alguna dependencia federal.
Dicha guía ya se publicó la mañana de este martes 8 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De acuerdo con la SFP, establece los principios, valores y reglas de integridad, con un enfoque en derechos humanos y perspectiva de género, que deben ser aplicados para propiciar ambientes laborales adecuados y erradicar conductas que representen actos de corrupción.
Sin embargo, hay que mencionar que el nuevo Código de Ética no prohíbe, sólo recomienda a los servidores públicos abstenerse a las siguientes conductas. Por ejemplo, en materia de acoso, hostigamiento y violencia sexual:
- Realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo.
- Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseos, jalones o hacer regalos que sugieran abiertamente o de manera directa, un interés sexual.
- Espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario.
- Condicionar un empleo, ascenso o su permanencia en él, a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual.
- Imponer cualquier tipo de represalia por rechazar propuestas de carácter sexual
También recomienda a los servidores públicos que se abstengan de insinuar, invitar o hacer propuestas para tener una cita o algún encuentro con carácter sexual y realizar comentarios, burlas, piropos o bromas referentes a la apariencia o vida sexual de una persona.
Tampoco deberán preguntar sobre historias, fantasías o preferencias sexuales. Ni exhibir o enviar, a través de algún medio de comunicación o mensajes, fotografías, audios, videos o imágenes de naturaleza sexual o mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo. En términos de legalidad, honradez, lealtad e imparcialidad, los servidores públicos deben evitar:
- Falsificar documentos o firmas destinadas a la asistencia del personal al trabajo, no presentar su declaración patrimonial, de intereses o fiscal, así como divulgar información privilegiada para ocupar plazas vacantes.
- No deberán favorecer los intereses de empresas, darles ventaja o un trato diferenciado en las licitaciones.
- Ni deberán reunirse con proveedores, contratistas o concesionarios en festejos o convivencias particulares o promover a familiares, hasta el cuarto grado de parentesco, para ocupar un cargo, entre otros conceptos.
El documento también apunta que los servidores públicos no podrán bloquear a otros usuarios ni restringir el acceso de sus redes sociales personales si éstas son usadas para publicar las actividades relacionadas con su empleo o cargo o comisión.
Los funcionarios públicos deberán cumplir con el Código incluso fuera de su horario laboral o centro de trabajo, para “no dañar la imagen del servicio público”.
En caso de incumplir con este nuevo Código de Ética, los funcionarios o servidores públicos podrán ser denunciados ante un Comité de Ética o el Órgano Interno de Control, de cada una de las distintas dependencias del gobierno federal, por presuntas faltas administrativas.
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