Los jóvenes que cumplen 18 años este 2022 no sólo deben preocuparse por sus estudios y a la inscripción obligatoria al Registro Federal de Contribuyente (RFC), pues también tienen que comenzar a pensar en tramitar la Cartilla Militar.
Este famoso documento que genera el malestar de los adolescentes por los requisitos, entre los que se encuentra cortarse el cabello tipo casquete corto, también ha generado algunos mitos, mismos que con el paso del tiempo se han aclarado.
Por ello, y para perderle el miedo a este procedimiento, así como para saber su relevancia como documento de identidad, hay que conocer algunos datos generales obre la Cartilla del Servicio Militar Nacional
En primera instancia, hay que definirlo. Se trata de un documento de identificación militar que demuestra la disposición del sujeto para cumplir con sus obligaciones en esta materia. Es requisito obligatorio para todo hombre mexicano que tenga entre 18 y 39 años de edad, además de que también funciona como identificación oficial.
En ningún momento se penalizará, de ninguna manera, a la persona que no lo expida, a pesar de ser una obligación descrita en la Constitución Mexicana. Sin embargo, el Artículo 1° del Reglamento de la Ley de Servicio Militar señala que quien trate de eludirlo “por cualquier medio implica una falta de sentido de la responsabilidad que deben tener como mexicanos y un motivo de indignidad ante los más elementales deberes que tienen contraídos con la Nación”.
A partir de este momento es cuando empieza a surgir una duda importante. Si en realidad no es necesario tramitarla, entonces ¿para qué la podrían pedir? En el pasado, varios procesos de registro en entidades públicas federales requerían este documento, pero con el paso del tiempo el requisito se fue eliminando.
Dos de las solicitudes más comunes que lo solicitaban eran la expedición de visa o pasaporte. Algunos adultos aún piensan que es vital presentarlo, pero la realidad es que no. Durante el sexenio de Vicente Fox (2000-2006), el secretario de relaciones exteriores en turno, Jorge German Castañeda Gutman, decidió derogar este requisito, al menos para los pasaportes.
Por su parte, en abril de 2021, la Cámara de Diputados derogó el Artículo 60 de la Ley del Servicio Militar, lo cual significa que ninguna autoridad de Migración debe exigir a los mexicanos que pretendan salir del país presentar su cartilla del servicio militar, eso incluye la Visa.
Finalmente, otra creencia que aún se sostiene señala que la Cartilla Militar es indispensable para conseguir trabajo. Es en parte cierto y falso, pues en la mayoría de las empresas privadas no es requisito, tampoco en instancias públicas. La única excepción a la regla podría ser al concursar por algún puesto en las Fuerzas Armadas.
Si el interés o la necesidad se presentan, se podrá tramitar este documento de identidad a partir de este mes, aunque no se ha confirmado fecha, sólo presentando los siguientes documentos en la junta de reclutamiento municipal o delegacional, así como en las oficinas consulares de México en el extranjero:
- 4 Fotografías recientes (originales).
- Acta de Nacimiento (original y copia).
- Comprobante de domicilio vigente (original y copia).
- Comprobante del grado máximo de estudios realizados (copia).
- CURP (original y copia).
- Identificación oficial.
- Formato universal para trámites del Servicio Militar Nacional (original).
- Con corte de cabello tipo militar (casquete corto).
El gobierno federal recalcó que las fotografías no deben ser digitales, sino impresas en papel mate, de 35 x 45 milímetros. Asimismo, detalló más especificaciones: del nacimiento normal del cabello al borde inferior de la barbilla deben medir 21 mm, debe estar de frente, a color o blanco y negro (ropa clara), con fondo blanco, sin retoque, que las facciones se distingan con claridad (sin gorra, sombrero, lentes; en caso de usar bigote, debe ser recortado, sin barba, patilla recortada, sin aretes, piercing, perforaciones ni cualquier accesorio que altere o modifique la fisionomía).
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