Desde el 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) adelantó que a partir de 2022, todos las personas mayores de 18 años tendrían que tramitar, de manera obligatoria, su Registro Federal de Contribuyentes, mejor conocido como RFC, sino serían sancionados.
No obstante, este lunes 3 de enero, por medio de un comunicado, descartó las supuestas sanciones y recalcó que este sector de población no estará obligado a pagar impuestos si no cuentan con ninguna actividad económica.
Ya sea por acatar este mandato del SAT, o por verse obligados a realizar este procedimiento tributario, los interesadas deben saber que el RFC es una clave alfanumérica utilizada por el gobierno para identificar a las personas, físicas o morales, que desarrollan alguna actividad económica que represente ingresos.
Está compuesta por 13 caracteres para las personas físicas y 12 para las morales. Cada una se genera de manera diferente. Por ejemplo, para las personas física está compuesto por:
1. Primera letra del apellido paterno.
2. Primera vocal del mismo.
3. Primera letra del apellido materno.
4. Primera letra del nombre.
5 al 10. Dos dígitos para el año de nacimiento (00), mes (00) y día (00).
11 al 13. Son una homoclave asignada por el SAT para evitar duplicaciones.
Mientras que para las personas morales, la generación del RFC es diferente y se compone por:
1 al 3. Iniciales de la empresa o una combinación de sus primeras letras.
4 al 9: Serán dos dígitos por el año (00), mes (00) y día (00) en que la empresa fue creada.
10 al 12: Homoclave que asigna el SAT.
Al momento de obtener esta clave, los usuarios tienen que inscribirse en un régimen fiscal, el cual depende de la actividad económica en la que desempeñen. De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), estos son los más importantes:
- Sueldos y salarios: aquí se agrupan aquellas personas físicas cuyos ingresos son obtenidos por brindar un servicio a un tercero. Quienes integran este sistema son aquellos que trabajan para alguna empresa o dependencia del gobierno.
- Prestación de servicios profesionales: En este régimen se encuentran todos aquellos que ofrecen algún servicio de manera independiente en cualquier campo.
- Régimen de Incorporación Fiscal: dentro de éste se encuentran los pequeños comerciantes. Bajo este régimen, las personas manejan un negocio o comercio. Tiene como beneficio no pagar impuestos durante el primer año después de abrir su negocio, además de que proporciona seguro social. Además, otorga la facilidad de poder solicitar apoyos financieros para iniciar o crecer.
En caso de que los nuevos contribuyentes den el paso para este trámite, deben saber que se puede hacer desde el Portal del SAT, una oficina de esta dependencia federal o en las instalaciones de la Entidad Federativa que corresponda al domicilio.
Si se realiza desde internet, no será necesario presentar ningún documento, pero hay que saber que sólo es una parte del trámite, pues debe terminarse en físico, con la documentación correspondiente para las dos opciones restantes. Ya se tendrá que contar con Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio fiscal, poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal; así como identificación oficial vigente del contribuyente y Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por el Portal del SAT (original).
Para realizar la inscripción hay que:
1. Ingresar a la sección Trámites y en la barra superior elegir la opción RFC.
2. Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas físicas.
3. Llenar los datos solicitados por el formulario electrónico “Inscripción al RFC”.
4. Enviar el trámite al SAT e imprimir la hoja previa con el número de folio asignado.
5. Agendar una cita y acudir con la documentación correspondiente a la oficina del SAT.
6. Entregar los documentos solicitados a la autoridad fiscal.
7. Recibir la solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
SEGUIR LEYENDO SAT: qué pasará realmente con depósitos en efectivo y mayores de 18 años que no tengan RFC