SAT: cuáles son los principales cambios que deberá de tener la factura electrónica en 2022

Las modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero del próximo año

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Orientan a una persona en el SAT. (Foto: Cuartoscuro)
Orientan a una persona en el SAT. (Foto: Cuartoscuro)

Las facturas son consideradas como un documento importante que realizan las personas principalmente para comprobar la prestación de un servicio determinado o la compraventa de un bien. Sin embargo, tendrán una serie de cambios para 2022, por lo que a continuación daremos a conocer cuáles son.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se trata de una serie de modificaciones que deberán de tener las facturas electrónicas, a partir del 1 de enero de 2022.

En ese sentido, el SAT recalcó que todas las facturas tendrán que incluir los datos del régimen fiscal del contribuyente, para poder emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Una persona acude al SAT. (Foto: Cuartoscuro)
Una persona acude al SAT. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cuáles son los principales cambios que deberán tener las facturas electrónicas?

*Nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor de manera obligatoria.

*Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.

*Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.

*Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

De acuerdo con el SAT, con estas modificaciones también se permitirá relacionar otros CFDI, aunque también será importante destacar cuál es el motivo de cancelación de los comprobantes.

Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.

Empleados del SAT en funciones. (Foto: Cuartoscuro)
Empleados del SAT en funciones. (Foto: Cuartoscuro)

La autoridad fiscal también adelantó que se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.

El fisco también ha dado a conocer cuáles son los datos mínimos que deberá conocer el cliente para emitirle una factura. Y es que de acuerdo con el SAT los datos son: nombre, denominación o razón social, RFC y código postal de su dominio fiscal.

De ese modo, hay que recordar que únicamente se podrá emitir una factura si el receptor proporciona su régimen fiscal, pues esta información es obligatoria.

Casos en que el SAT no cobrará impuestos

Por su parte, ante las especulaciones sobre el tema de depósitos que se realizan en efectivo, el fisco declaró que: “es falso que se busque cobrar impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias”, recalcó.

Asimismo, recordó que no cobrará por depósitos en efectivo ni tampoco se incorporó a la Miscelánea Fiscal, documento donde se reúnen las nuevas reglas establecidas por la autoridad fiscal.

Con el fin de evitar fraudes, solicitará información de los depósitos en efectivo, en caso de detectar alguna inconsistencia entre los gastos e ingresos.

Ante ello, aclaró que este procedimiento iniciará solamente en caso de que los usuarios estén en proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión que haya ordenado el SAT.

“Cuando los contribuyentes estén en proceso de revisión, los bancos estarán obligados a informar al SAT de manera mensual los ingresos en efectivo para una fiscalización más exacta”.

En tanto, será importante detallar que una serie de cambios se avecinan en el tema de obligaciones y cambios fiscales por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), modificaciones que forman parte de la Miscelánea Fiscal 2022, documento donde se reúnen las nuevas reglas establecidas por la autoridad fiscal.

Se trata de algunas propuestas que deberán revisar algunos contribuyentes con el fin de evitar problemas fiscales con el fisco.

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