“Les ruego que terminen con esta atrocidad jurídica”: el llamado que hizo Alejandra Cuevas a la SCJN

La Corte mexicana atrajo los amparos de la mujer acusada de homicidio por el fiscal Alejandro Gertz Manero

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Foto: cortesía familia Castillo.
Foto: cortesía familia Castillo.

“Tengo la certeza que cuando usted y sus colegas analicen el expediente, constatarán no solo mi inocencia dictaminada por las propias autoridades en dos ocasiones, sino las graves violaciones al debido proceso y a los derechos humanos”, indica Alejandra Cuevas (68 años, Ciudad de México), presa desde hace más de un año acusada del homicidio del hermano del fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, en un mensaje dirigido al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Saldívar.

Este jueves 11 de noviembre, tres magistrados iban a pronunciar el veredicto sobre su caso, mismo que tenía altas posibilidades de significar la liberación de la acusada. Pero la noche del lunes 9, las cosas cambiaron: el Consejo de la Judicatura Federal notificó a la familia de Alejandra que, por instrucción del fiscal mexicano, su caso fue remitido a la Corte para que ahí sea resuelto.

Alonso Castillo, uno de los tres hijos de Alejandra, comentó a Infobae que la razón que le dieron es que el fiscal “Alejandro Gertz Manero solicitó la facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que dilatará más tiempo el proceso de mi madre en la cárcel, arriesgando su vida, al igual que la de toda mi familia”.

“He vivido en carne propia la extinción de las leyes y del derecho”, continúa Alejandra en el mensaje de audio difundido por sus hijos, “ya que no solo fue el fiscal General de la República quien ha cometido delitos en mi contra, sino también policías, ministerios públicos, quienes le mintieron a los jueces para lograr resoluciones fraudulentas”.

Desde finales de octubre de 2020, Alejandra Cuevas se encuentra encerrada en el penal de Santa Martha Acatitla acusada de homicidio por omisión de cuidados de Federico Gertz, pareja sentimental de su madre Laura Morán, quien tiene 94 años de edad. Fue sentenciada con un auto de formal prisión, mismo que la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México confirmó el pasado mes de febrero. Los argumentos con los que se emitió dicha sentencia referían a Alejandra como garante de Federico, es decir, quien estaba a cargo de sus cuidados. Pero la única que desempeñaba ese rol era su madre, Laura.

Foto: cortesía familia Castillo.
Foto: cortesía familia Castillo.

Así lo consideró ahora la Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Patricia Díez, señalando que los argumentos de la Cuarta Sala para considerar a Alejandra Cuevas garante de Federico Gertz Manero, fueron incongruentes con los testimonios y elementos prueba que se presentaron ante la justicia. Entonces le otorgó casi a mediados del pasado septiembre un amparo que dejaba sin efecto la orden de aprehensión en contra de ella y de su madre.

Sin embargo, a finales de septiembre, la Fiscalía General de la República (FGR), dirigida por Alejandro Gertz Manero, impugnó el amparo que hace unas semanas le otorgaron a Alejandra Cuevas, de 68 años de edad, contra la sentencia que la tiene desde hace casi un año en prisión, acusada por el homicidio de Federico Gertz Manero, hermano del fiscal de México.

Y ese era el amparo sobre el cual Juan José Olvera López, Horacio Armando Hernández Orozco y Francisco Javier Sarabia Ascencio, magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, deliberarían este jueves 11 de noviembre, mismo recurso legal que ahora fue atraído por la SCJN.

La defensa de Alejandra Cuevas reclamó ya que este cambio de rumbo en el caso es improcedente. Su argumento se basa en el artículo 40 de la Ley de Amparo que señala: “el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán ejercer, de manera oficiosa o a solicitud de la persona titular de la Fiscalía General de la República la facultad de atracción para conocer de un amparo directo que corresponda resolver a los tribunales colegiados de circuito, cuando por su interés y trascendencia lo ameriten.”

De lo anterior destacan que, en el caso de Alejandra Cuevas, Alejandro Gertz Manero es la parte acusatoria como figura personal, es decir, sin el carácter de fiscal. Además el amparo que le fue otorgado a la acusada es del tipo indirecto. Y por último, indican, al ser una situación de carácter particular, no tiene la trascendencia como para ser tratado en la Corte.

Foto: cortesía familia Castillo.
Foto: cortesía familia Castillo.

El hermano del fiscal mexicano murió en septiembre de 2015. La autopsia señaló prácticamente el deterioro de su salud como la causa del deceso. Pero Alejandro Gertz Manero acusó a Laura Morán –pareja por casi cinco décadas de su hermano y en ese momento de 88 años de edad– y a su hija Alejandra de homicidio por omisión de cuidados a Federico.

La denuncia fue archivada dos veces por la justicia de la Ciudad de México. En ambas ocasiones se concluyó que no había elementos que evidenciaran las responsabilidad de Laura Morán y Alejandra Cuevas en la muerte de Federico. Pero en 2020, luego de que Alejandro Gertz Manero fuera designado a cargo de la Fiscalía General de la República, el caso dio un giro radical: la demanda procedió y se retomó la acusación. El 25 de septiembre se ejerció acción penal y el 2 de octubre se libró la orden de aprehensión en contra de ambas señaladas. El 16 de octubre de 2020 Alejandra Cuevas fue detenida.

Prácticamente, Alejandra es culpada de conscientemente no haber asistido a Federico Gertz Manero mientras su estado de salud empeoraba. No obstante, para que una persona sea considerada culpable por homicidio por omisión, tiene que quedar comprobado que era garante de la víctima, es decir, quien estaba a cargo de sus cuidados. En este caso, ese rol solo lo desempeñaba Laura Morán quien, dentro de sus posibilidades y asistida por el personal de salud que tenía contratado, llevaba a Federico a consultas y le compraba los medicamentos que le recetaban, según consta en las declaraciones de ella y de los testigos.

Es importante señalar que, para que la persona garante pueda ser acusada, se debe tomar en cuenta la posibilidad de salvamento. Eso se refiere a la posibilidad física para actuar en el momento del peligro. Laura Morán tenía 88 años de edad en ese entonces.

La jueza federal Patricia Marcela Diez, quien le otorgó el amparo a Alejandra, consideró que la acusación en su contra está plagada de incongruencias, señalando que no hay elementos que la identifiquen como la garante del fallecido Federico; hay pruebas de que, por el contrario, sí le brindaron los cuidados que ameritaba; solo se tomaron en cuenta los alegatos de la parte acusatoria para la sentencia, ignorando los intentos de la defensa por presentar sus pruebas contradictorias.

La SCJN señaló que una vez que el ministro presidente, Arturo Zaldívar, hizo suya la petición de atracción referida, se sometió a la consideración de los demás ministros integrantes del Tribunal Pleno quienes aceptaron atraer el caso para conocer de los referidos amparos en revisión 176/2021 y 177/2021, ambos del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito”.

Le ruego a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que terminen con esta atrocidad jurídica, ética y moral, que no solo ha afectado mi vida y la de mi familia, sino (que) ha ocasionado una herida profunda en la procuración de justicia en el país”, concluye el mensaje de Alejandra Cuevas a la SCJN.

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