PES incurrió en discriminación con spots anti aborto y anti adopción homoparental: TEPJF

Las y los magistrados señalaron que el partido que perdió registro rebasó los limites de libertad de expresión

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(Foto: especial)
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Los anuncios del Partido Encuentro Solidario (PES) sobre la Interrupción Legal del Embarazo y el régimen de adopción permitido a personas del mismo género, rebasaron los límites de la libertad de expresión, de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La Sala Superior confirmó este jueves a través de un comunicado que sí son discriminatorios los spots que difundieron en Facebook, así como en radio y televisión titulados “No al aborto”, “Por la vida y la familia”, “Castiguemos a quien atente contra ellas”, “Somos la voz de la familia” y “Por la vida y la familia”.

El Tribunal Electoral consideró que los anuncios contienen expresiones que atentan en contra de los derechos de las mujeres, pues plantean que la interrupción del embarazo debe penalizarse en forma absoluta.

Además, en los ‘spots’ se establece una posición contraria a la adopción por parte de personas del mismo sexo, con lo cual se discrimina a la comunidad LGBTTTI+.

Aborto México (Foto: Cuartoscuro)
Aborto México (Foto: Cuartoscuro)

El pleno ratificó en sesión pública la sentencia de la Sala Regional Especializada en el sentido de que el contenido de los promocionales “se encontraba fuera de los límites de la libertad de expresión”.

El magistrado ponente Alfredo Fuentes Barrera expresó: “Quiero enfatizar que no hay democracia sin pluralismo. Por ello, la libertad de expresión de los partidos políticos adquiere un peso especial”.

Sin embargo, dijo que “esta (la libertad de expresión) tiene límites; de ahí que, en un adecuado balance es preciso valorar las expresiones utilizadas para difundir un mensaje y evitar que estas violenten otros derechos”.

De acuerdo con el proyecto, la postura del PES va en contra de lo aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, en una decisión histórica, aprobó el 7 de septiembre, la despenalización del aborto.

<b>Desechan recursos sobre integración del Congreso de Veracruz</b>

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En otro asunto, el pleno desechó por mayoría de cuatro votos contra tres, los recursos de reconsideración presentados por diversos candidatos y partidos en contra de la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa.

Ello, para impugnar la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y a los ajustes correspondientes para alcanzar la integración paritaria del Congreso de Veracruz.

Y es que, en octubre pasado, el Instituto Electoral de Veracruz asignó las diputaciones por el principio de representación proporcional con seis ajustes para alcanzar una integración paritaria en el Congreso local, con 25 mujeres, 24 hombres y una persona no binaria.

Al argumentar su voto particular, el magistrado presidente Reyes Rodríguez estimó que se debió haber otorgado la constancia de asignación a la fórmula del PRD integrada por hombres.

Con ello, se tendría una integración paritaria de 24 fórmulas de mujeres, 25 de hombres y una de personas no binarias.

También durante la sesión, los magistrados confirmaron la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) que declaró infundada la queja presentada contra Marko Cortés Mendoza.

El otrora aspirante a la presidencia nacional albiazul, Gerardo Priego Tapia, a través de su representante Javier Alberto Gutiérrez Vidal, acusó a Cortés Mendoza de recabar de forma anticipada las firmas de apoyo para contender por ese cargo.

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