El Verde va por penas más severas y prisión preventiva contra quien cometa delitos ambientales

Aseguran que los delitos forestales y de transporte de especies atienden a redes de poder relacionadas con criminales de países de todo el mundo

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El PVEM se lanzó contra quienes cometan delitos ambientales (Foto: Reuters / Robert Galbraith)
El PVEM se lanzó contra quienes cometan delitos ambientales (Foto: Reuters / Robert Galbraith)

El Partido Verde Ecologista de México (PVEM), desde San Lázaro, promueve un esquema punitivo más severo contra los responsables y presuntos responsables de delitos ambientales, por lo que propusieron reformar los códigos Penal Federal y Nacional de Procedimientos Penales.

Karen Castrejón Trujillo, Eunice Monzón García y Luis Edgardo Palacios Díaz emitieron un proyecto de reforma en el cual se aumentan las penas y multas a los responsables de dichos delitos y establece la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar para quienes sean investigados en relación a este tipo de actividades.

Dicho documento, que fue remitido a la Comisión de Justicia para su análisis, precisa que se impondrá pena de dos a 18 años de prisión y de 600 a 6,000 días multa, al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta.

El Verde legisló para otorgar penas más grandes contra quien dañe el medio ambiente (Foto: Cortesía / Cámara de Diputados)
El Verde legisló para otorgar penas más grandes contra quien dañe el medio ambiente (Foto: Cortesía / Cámara de Diputados)

Las y el legislador contemplan que también se debe de aplicar el castigo a quienes colaboren en el comercio, transportación o usufructo de productos o derivados que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda, alguna enfermedad contagiosa que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas.

De acuerdo con el Código Penal Federal (CPF), los delitos ambientales están tipificados desde el Artículo 414 hasta el 420 Quáter, donde se impone una pena de seis meses a nueve años de prisión y de 300 a 3,000 días multa. Es decir, de acuerdo con el texto emitido por el Partido Verde, se duplicarían las penas máximas y se cuadruplicarían las penas mínimas.

Asimismo, se impondría una figura cautelar de carácter exclusivo para personas cuyo proceso implique riesgo de fuga, algo que ha desatado controversia en días recientes por una determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Se espera obtener un factor benéfico para contrarrestar la incidencia en delitos ambientales (Foto: EFE / Fehim Demir)
Se espera obtener un factor benéfico para contrarrestar la incidencia en delitos ambientales (Foto: EFE / Fehim Demir)

Para argumentar esta legislación punitiva, las y el legislador aseguraron que el tráfico ilegal de las especies se ha reconocido como un negocio de talla internacional, ya que por su alta demanda involucra grandes cantidades de dinero, en donde nuestro país se posiciona en el cuarto lugar dentro de esta actividad.

Explican que las personas que llevan a cabo dichas acciones asumen el riesgo de cometer estos delitos sabiendo que la imposición del castigo no implicará una pena privativa de la libertad, o bien que las ganancias económicas son superiores y capaces de cubrir las sanciones monetarias impuestas por las autoridades.

Respecto a la implementación de prisión preventiva, Teresa Ochoa, diputada por Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa de reforma que pretende suprimir esta medida cautelar, pues a criterio de su bancada, continuamente las personas de estratos sociales precarizados son quienes padecen privación de su libertad durante los procesos judiciales.

La iniciativa fue turnada a la comisión correspondiente para su análisis (Foto: Cortesía / Cámara de Diputados)
La iniciativa fue turnada a la comisión correspondiente para su análisis (Foto: Cortesía / Cámara de Diputados)

La estudiante de derecho propuso modificar el párrafo segundo del Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) para determinar que el Ministerio Público (MP) sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad.

De tal modo que el 28 de octubre, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis. Por su cuenta, la SCJN invalidó establecer prisión preventiva oficiosa a los presuntos responsables de cometer contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.

Esta determinación atiende a la queja promovida por las y los senadores de oposición y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), quienes condenaron la medida cautelar contra los llamados factureros. Bajo este contexto, ésta ha sido criticada por dos de los tres poderes de la unión, donde adelantan un talante injusto en esta medida para las y los ciudadanos que no posean los recursos económicos necesarios para llevar sus procesos judiciales con una defensa decente.

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