Determinación del TEPJF en Tlaquepaque enfureció a Movimiento Ciudadano

Además de anular la elección en el municipio, el Tribunal Electoral rechazó las condiciones impuestas por el congreso local de Jalisco, mismas que dictaban que sólo iban a participar mujeres

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Movimiento Ciudadano condenó la nueva determinación del TEPJF (Foto: Twitter / @ClementeCH)
Movimiento Ciudadano condenó la nueva determinación del TEPJF (Foto: Twitter / @ClementeCH)

Este lunes 1 de noviembre, trascendió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó anular las condiciones impuestas por el congreso local de Jalisco en las elecciones extraordinarias en el municipio de Tlaquepaque.

Esto porque el legislativo local había establecido que, en los comicios próximos a celebrarse por anomalías registradas durante el ejercicio electoral del 6 de junio, los candidatos a participar deberían de ser exclusivamente del sexo femenino.

No obstante, la Sala Superior del TEPJF determinó, por mayoría de votos, que esto no ocurriría así. En el proyecto original, a cargo de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso determinaba una afirmativa con lo establecido por los diputados de Jalisco; sin embargo, la mayoría de la Sala votó en contra.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó las condiciones establecidas para las elecciones extraordinarias en Tlaquepaque (Foto: Joshua Hernández / Infobae México)
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó las condiciones establecidas para las elecciones extraordinarias en Tlaquepaque (Foto: Joshua Hernández / Infobae México)

De acuerdo con Soto Fregoso, las elecciones extraordinarios ocurrirían de acuerdo a lo previsto por el legislativo de Jalisco en virtud de cumplir con cuatro puntos:

1. El Congreso local sí está facultado para establecer una acción afirmativa en la convocatoria para las elecciones extraordinarias, pues la paridad es un principio constitucional que debe ser observado por todas las autoridades.

2. La normatividad electoral no faculta al INE para regular la convocatoria de las elecciones locales extraordinarias.

3. La medida no constituye una modificación sustancial a las normas electorales, pues es una medida accesoria y temporal.

Citlalli Amaya había ganado en las elecciones del pasado 6 de junio (Foto: Twitter / @CitlalliAmaya)
Citlalli Amaya había ganado en las elecciones del pasado 6 de junio (Foto: Twitter / @CitlalliAmaya)

4. La medida no es desproporcionada ni discriminatoria hacia los hombres, por el contrario, representa una medida constitucional y convencionalmente legítima, idónea y necesaria para lograr la igualdad sustantiva en el acceso de las mujeres al poder público. Cabe destacar que el estado de Jalisco presenta un contexto de amplia subrepresentación de mujeres en las presidencias municipales, ya que únicamente gobiernan al 4.1% de la población jalisciense; de confirmarse la acción afirmativa, el porcentaje de jaliscienses gobernados por una mujer aumentaría un 12.57 por ciento.

Tras ser expuesto esta argumentación, los magistrados Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez estuvieron de acuerdo; sin embargo, Janine Otálora Malassis y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, consideraron que la convocatoria emitida por el Congreso local sí modificó las reglas establecidas previamente para las elecciones ordinarias.

Por lo que atendieron el criterio de la queja interpuesta por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), entidad que interpuso el recurso porque el Congreso local carecía de competencia para establecer una acción afirmativa en la convocatoria, se modificaron las reglas existentes para las elecciones ordinarias y acusaron de una medida desproporcionada y discriminatoria para los candidatos hombres.

Al difundirse el resultado de la votación, Clemente Castañeda, coordinador nacional de Movimiento Ciudadano (MC), condenó la resolución y aseguró que se trata de una limitante al ejercicio político de las mujeres en México.

Clemente Castañeda aseguró que Amaya volverá a ganar las elecciones en el municipio (Foto: Twitter/@ClementeCH)
Clemente Castañeda aseguró que Amaya volverá a ganar las elecciones en el municipio (Foto: Twitter/@ClementeCH)

A través de un comunicado oficial, aseguró que el TEPJF “terminó por obstaculizar la participación política de mujeres. En casos similares, la Sala Superior se ha pronunciado en defensa de la paridad de género, pero en el caso de Tlaquepaque envía, una vez más, un mensaje contrario”.

Asimismo, recordó cuando esta misma autoridad electoral anuló el resultado de las elecciones en el municipio, cuyo conteo de sufragios favoreció a su candidata, Citlalli Amaya.

“El 30 de septiembre pasado, con argumentos vagos y genéricos, el TEPJF anuló la elección de Tlaquepaque, el único de los diez municipios más poblados de Jalisco donde había ganado una mujer; hoy, la mayoría de la Sala Superior resolvió sin atención a la perspectiva de género”

A pesar de que el resultado no le pareció adecuado, ratificó que él y su partido están listos para promover nuevamente la figura de Amaya ante el electorado y ratificar su victoria por encima de Morena.

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