A través del buzón tributario, el SAT establece comunicación con sus contribuyentes. Este sistema electrónico está habilidado en la página oficial de la dependencia y también permite a los usuarios efectuar promociones, solicitudes, avisos y obtener demás información.
De igual forma, por medio de este, los contribuyentes pueden dar cumplimiento a requerimientos realizados por la autoridad. En contraparte, el SAT podrá llevar a cabo notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa a los contribuyentes.
Según indica el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF), todas las personas están obligadas a dar de alta el buzón tributario y a mantener actualizado los datos de contacto. De hecho, antes del 30 de abril de 2021, los usuarios debían asegurarse de contar con tres números o direcciones de correo electrónico registrados en el portal.
Es importante mencionar que las personas que no habiliten el buzón tributario pueden ser acreedoras de multas que van desde 3,080 pesos hasta 9,250 pesos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 86-D del CFF.
Cómo habilitar el buzón tributario del SAT
* El interesado deberá iniciar sesión con contraseña o e.firma pulsando el botón Buzón Tributario, el cual se ubica en la esquina superior derecha del portal. Las personas físicas pueden ingresar con contraseña y/o e.firma. Las personas morales deberán acceder con e.firma.
*Dar click en el icono “configuración”, localizado en el menú de accesos rápidos (icono de una silueta de usuario) situados a la izquierda de la leyenda gob.mx en la parte superior del portal.
*Luego el sistema cuestionará al usuario sobre si desea seguir con el registro y se habilitará el botón para el acuse de registro.
*Para confirmar el correo electrónico el usuario recibirá un e-mail que contiene un vínculo, el usuario deberá confirmarlo y finalmente el sistema indicará que el correo electrónico ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
*En el caso de la confirmación del número de teléfono celular, se recibirá un mensaje SMS con un código de activación, luego deberá ingresar al Buzón Tributario y en el formulario de “medios de contacto” ubicar el campo de captura a la izquierda del icono de la llave, finalmente introducir el código de activación recibido en el SMS.
Con el argumento de “impulsar la cultura tributaria”, se llevó a cabo la modificación del Código Fiscal Federal para obligar a toda persona mayor de 18 años a que cuente con su RFC. En caso de no tener actividad económica se podrá hacer la inscripción sin obligación de presentar declaración, pago de impuestos, o sanción alguna.
Dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), se propuso, entre otras cosas, regular las autorizaciones que otorga la autoridad fiscal para la enajenación de acciones a costo fiscal en los casos de reestructuración de sociedades constituidas en México pertenecientes a un mismo grupo, además de combatir el mercado ilícito de hidrocarburos y petrolíferos, o eliminar la excepción que en la actualidad considera para los pagos por concepto de asistencia técnica, transferencia de tecnología o regalías.
Al respecto,López Obrador defendió que se busca que no haya fraudes bajo la justificación de que son menores de edad.
“Se busca que no haya fraudes bajo el hecho que sean menores de edad. Pero eso no afecta, es bueno. Lo que pasa es que los opositores son muy ofuscados, no saben cómo cuestionar”, indicó el tabasqueño durante la conferencia de prensa matutina.
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