Jubilación anticipada en México: requisitos para acceder a una pensión antes de los 60 años

Los derechohabientes que cumplan con los requisitos estipulados por la Ley del Seguro Social podrán solicitar este monto

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La jubilación anticipada está estipulada
La jubilación anticipada está estipulada en la Ley del Seguro Social y puede solicitarse de manera forzosa o voluntaria (FOTO: DASSAEV TÉLLEZ ADAME/ CUARTOSCURO)

Son muchas las personas que llevan gran parte de su vida trabajando en México. Después de toda una vida laborando, lo que buscan es llegar a cierta edad para poder jubilarse, retirarse por completo del centro de trabajo y poder vivir de una pensión, la cual se acumuló con el paso del tiempo.

No obstante, para llegar a este paso debieron pasar hasta varias decenas de años. Para ser más específicos, en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el trabajador debe contar con alrededor de 24 años. Mientras que en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), se necesitan 25 años.

Un selecto grupo podría lograr su jubilación anticipada, es decir antes de cumplir los 60 años, siempre y cuando hayan iniciado sus cotizaciones y vida laboral a muy corta edad. Sin embargo, con el paso de las generaciones, esto se va complicando cada vez más.

Para que un derechohabiente pueda recibir una pensión tras décadas de trabajo, tiene varias posibilidades, como por Retiro, Por edad avanzada, Pensión garantizada o Retiro anticipado. Este último es el que beneficiará a varias personas si se cumplen los requisitos necesarios.

De acuerdo con el portal del IMSS, la jubilación anticipada se puede lograr antes de cumplir los 60 años, siempre y cuando la persona que busque utilizar este recurso “cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora”.

La persona interesada podrá recibir
La persona interesada podrá recibir el monto en una o varias exhibiciones (Foto: EFE/ Jorge Núñez)

Asimismo, la pensión calculada tiene que ser mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza con la Pensión Mínima Garantizada. En caso de contar con uno o más beneficiarios, tendrá que cubrir el seguro de sobrevivencia de los mismos.

Para poder aplicar a este régimen, hay dos maneras de hacerlo. Cuando la empresa da por terminada la relación laboral con el trabajador, o cuando, de manera voluntaria, la persona decide solicitar la jubilación anticipada.

Antes de pensar en realizar este proceso, el solicitante deberá cumplir con los siguientes pasos:

- Haber sido dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.

- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo mil 250 semanas de cotización.

Todo esto se encuentra estipulado en el Artículo 158 de la Ley del Seguro Social, el cual establece que el pensionado recibirá el excedente de los recursos acumulados en su cuenta individual durante su vida laboral en una o varias exhibiciones.

El derechohabiente deberá acudir a
El derechohabiente deberá acudir a su Unidad Médica Familiar para realizar el trámite (Foto: Twitter@GrietaMedio)

Para calcular este monto, el IMSS cuenta con un simulador, donde se deberán colocar los siguientes datos:

- Año en el que el trabajador inició su cotización dentro del marco de la Ley del Seguro Social.

- Años cumplidos.

- Semanas cotizadas bajo la Ley del Seguro Social.

- Promedio de los salarios base de cotización de los últimos cinco años.

Para poder iniciar el trámite de la jubilación anticipada, el interesado tendrá que pedir un otorgamiento de la pensión en la Ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad Médica Familiar (UMF) correspondiente al domicilio. Además, habrá que presentar los siguientes documentos:

- Identificación oficial con foto y firma.

- Copia del Acta de Nacimiento.

- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses).

- Número de Seguridad Social.

- CURP.

- Estado de cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que maneja las cotizaciones.

En caso de contar con un cónyuge, la persona presentará el acta de matrimonio. En caso de tener hijos menores de 16 años, también deberá presentar su acta de nacimiento. Pero si son mayores de 16 años y se encuentran estudiando, el documento solicitado es una constancia de estudios expedida por la Escuela.

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