Este 1 de mayo se conmemoró el Día Internacional del Trabajador, y en realidad, nos dejó con un sabor agridulce. La fecha cayó en sábado, y no se recorrió al lunes, así que la mayoría de los empleados perdieron la oportunidad de disfrutar de un día de descanso adicional.
No obstante, hay profesionistas que sí tuvieron que acudir a su puesto laboral: es el caso de las enfermeras, los médicos, policías, el personal administrativo de hospitales, elementos de cuerpos de emergencia, dependientes de un comercio, conductores de transporte público, meseros o cocineros, entre muchos otros.
Si tuviste que trabajar el sábado 1 de mayo, tu patrón está obligado a abonarte ese día normal, más el doble. Esto equivale a un pago triple.
Es decir, si ganas 600 pesos al día, la compañía tendrá que depositarte ese monto, y además, el doble de esa cantidad (1,200 pesos). En total, recibirás por la jornada festiva 1,800 pesos. Así lo establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
“Los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Esto se basa en que los días feriados son un Derecho Fundamental de los empleados, recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sin embargo, a pesar de esto, hay empresas que se niegan a pagar a su plantilla el dinero que les corresponde. Cuando esto ocurre, hay mecanismos que protegen al trabajador.
¿Qué hago si mi empresa no quiere pagarme el triple?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) atiende los casos en los que un patrón o empresa vulnera los derechos de sus empleados.
Si trabajaste el 1 de mayo, y tu empresa se niega a pagarte lo que te corresponde por ley, puedes llamar al teléfono 800 717 2942, o escribir un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Además, quienes se encuentren en la Ciudad de México pueden acudir presencialmente al Módulo ubicado en la Avenida Azcapotzalco, la Villa 311, Colonia Santo Tomás, Alcaldía Azcapotzalco.
¿Qué días de descanso obligatorio quedan por disfrutar en 2021?
Según la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), México ocupa el último lugar de los 42 países que integran la tabla sobre vacaciones anuales reglamentarias, y de los días feriados oficiales que establece el gobierno federal.
De hecho, México es la nación que ofrece a sus empleados menos días de asueto -únicamente siete-, frente a los 30 que conceden Australia o Francia, o los 14 que hay en España.
Estos son los días obligatorios que quedan por disfrutar en 2021 en México:
* Jueves 16 de septiembre: Conmemoración por el Día de la Independencia de México.
* Lunes 15 de noviembre: por la Conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
* Sábado 25 de diciembre: Día de Navidad.
¿Qué días de descanso voluntario quedan por disfrutar en 2021?
Además, hay días que no son obligatorios, pero algunas empresas los conceden:
- Miércoles 5 de mayo: Conmemoración de la Batalla de Puebla.
- Lunes 10 de mayo: Día de la Madre.
- Domingo 20 de junio: Día del Padre.
- Martes 2 de noviembre: Día de Muertos.
- Domingo 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe.
- Viernes 24 de diciembre: Nochebuena.
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