Todo lo que debes saber sobre la nueva ley del outsourcing: a quién y en qué condiciones se les puede subcontratar

Empresas que no permitan la inspección que se determine serán acreedores a una multa

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Tras la aprobación de reformas para eliminar el outsourcing (subcontratación) en empresas del país, es decir, algunas de ellas ya no podrán contratar personal a través de un tercero; sin embargo, otras sí y en este espacio daremos a conocer en qué casos sí podría considerarse.

La medida establece que las compañías no deberán autorizar la contratación de trabajadores para realizar tareas permanentes o esenciales.

En qué caso sí se podrá contratar

Pero la reforma sí regulará y permitirá la subcontratación en casos especializados y efímeros, es decir, que no formen parte de las labores esenciales y permanentes de la compañía.

Ejemplo: una empresa que se dedica a un fin específico como el teatro, sí podrá solicitar los servicios de una o varias personas para hacer la limpieza, a través del outsourcing.

La reforma también regulará y permitirá la subcontratación en casos especializados. (Reuters)
La reforma también regulará y permitirá la subcontratación en casos especializados. (Reuters)

Además, beneficiará a otras personas como en un taller mecánico, ya que los ingenieros ya tendrán que ser contratados directamente por la empresa.

Hay que destacar que tras la aprobación, la Secretaría del Trabajo tendría que definir cuáles son las labores especializadas, ya que aún no se sabe con exactitud a qué servicios se refiere.

De acuerdo con lo establecido, a quien realice subcontratación, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, sin contar con el registro correspondiente, conforme a lo establecido en la ley, se les impondrá una multa que va de los 2,000 a 50,000 veces la UMA.

La reforma establece que el patrón que no permita la inspección y vigilancia, que las autoridades del trabajo ordenen en su establecimiento, será acreedor de una multa de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Senadores y senadoras destacaron en el dictamen que este sistema de contratación laboral, aunado a la crisis suscitada por la pandemia originada por el Covid-19, provocó que se desatara una serie de despidos masivos de personas trabajadoras por parte de algunos patrones.

Empresas que no permitan la inspección que se determine serán acreedores a una multa. (Foto: Pixabay)
Empresas que no permitan la inspección que se determine serán acreedores a una multa. (Foto: Pixabay)

Mientras que, el presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia, consideró que con la reforma se dará un paso muy importante en la reducción de la desigualdad, la corrupción, la pobreza y la explotación laboral y “pasaremos a crear una nueva mentalidad de responsabilidad social, fiscal y laboral”.

Reiteró además, que se trata de un cambio histórico, que termina con “un modelo perverso, insensible y diseñado sin pensar en las necesidades sociales”.

Además, consideró fundamental recuperar la defensa de los derechos laborales y erradicar con el sistema de abusos, a través del cual, se genera una evasión fiscal, a nivel nacional, de 300 a 500,000 millones de pesos por año.

Ningún otro país en el mundo, argumentó, deformó este sistema de subcontratación como en México, que desde que nació se desvió y se utilizó para la simulación laboral, la evasión fiscal y para aumentar la explotación de los trabajadores.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Ana Lilia Rivera Rivera, destacó que la propuesta es el resultado de la búsqueda de acuerdos entre todos los sectores implicados.

El dictamen fue aprobado este martes por el Senado con 118 votos a favor y dos abstenciones. Por el momento fue enviado al Ejecutivo para su respectiva publicación y entrada en vigor.

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