Ante el proceso de declaración anual que deben presentar algunas personas físicas durante el mes de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofreció una prórroga para llevarla a cabo y con el fin de apoyar a decenas de personas.
En medio de la pandemia de COVID-19, el fisco anunció que para evitar aglomeraciones y contagios, los contribuyentes deberán realizar la declaración anual de impuestos 2020 desde la comodidad de su hogar.
De ese modo, recordó que las herramientas tecnológicas que apoyarán en este mecanismo son:
SAT ID: a través del cual las personas físicas podrán ingresar en la página satid.sat.gob.mx, donde se podrá actualizar o generar contraseña, así como la renovación de la e-firma, cuando su vencimiento sea menor de un año.
ORIENTA SAT: por medio de la cual los contribuyentes podrán utilizar un chatbot para poder despejar dudas y realizar la declaración adecuadamente, pues también cuenta con un minisitio para ello.
En ese sentido, el SAT anunció que la declaración del ejercicio fiscal correspondiente a 2020, tendrá una prórroga hasta el 31 de mayo del presente año.
Al realizar la declaración anual se debe considerar la deducción de gastos para poder acceder a saldos a favor, es decir, podrá disminuir gastos presentando facturas y comprobantes de pago tras haber realizado algunas compras.
De acuerdo con un contador, quien dio algunos tips a Infobae, para realizar una mejor declaración de impuestos algunas recomendaciones son:
*Lo primero será identificar sus ingresos, sueldos y salarios honorarios, o servicios profesionales, según sea el caso.
*Una vez que se identifiquen los gastos que se pueden deducir, el contribuyente deberá pagar todo con tarjeta.
*El objetivo de pagar todo con la tarjeta es que se expedirá una factura, por lo que todo puede ser deducible.
*Contar con pago de impuestos.
*Cuenta CLABE interbancaria de 18 dígitos, vigente y a nombre del contribuyente, así como institución bancaria correspondiente, la cual se deberá colocar en caso de tener saldo a favor.
*Tener clave RFC menor a 10,000 pesos.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
*Los trabajadores que cobran por honorarios, plataformas tecnológicas, actividades empresariales, entre otros.
*Aquellos que hayan percibido ingresos anuales mayores de 400,000 pesos.
*Quienes tengan ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400,000 pesos.
*Cuando una persona haya percibido algún ingreso por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
*Los arrendadores, es decir, que cobran renta en algunos inmuebles.
*Aquellos que hayan ganado algún premio. Por ejemplo, como el de la Lotería.
*Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
¿Quiénes no deben presentarla?
*Los de un solo patrón, siempre que no exceda los 400,000 pesos.
*De un solo patrón más intereses reales que no excedan los 100,000 pesos.
*También de un solo patrón, siempre y cuando no exista impuesto a cargo en la declaración anual, o que el patrón le haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no haya excedido de 20,000 pesos en el ejercicio.
El SAT también recordó que en caso de resultar un saldo a favor, podrán presentar su declaración anual a más tardar el 31 de julio para obtener la devolución de forma automática.
Podrá utilizar su contraseña en caso de que el saldo a favor sea igual o menor de 15,000 pesos o el monto sea mayor a 10,000 y hasta 150,000 pesos, siempre y cuando se utilice la cuenta CLABE precargada.
En su caso, se podrá utilizar la e.firma si el saldo es superior a 10,000 pesos y se captura una nueva cuenta CLABE.
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