SAT 2021: quiénes están obligados a rendir su declaración anual de personas físicas

Los contribuyentes que realicen el trámite a tiempo podrán recibir la devolución de su saldo a favor

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 la declaración de impuestos se efectúa en la página de internet del SAT y se llevará a cabo entre el 1 y el 7 de abril (Foto: Daniel Becerril/Reuters)
la declaración de impuestos se efectúa en la página de internet del SAT y se llevará a cabo entre el 1 y el 7 de abril (Foto: Daniel Becerril/Reuters)

A partir de este 1 de abril, las personas físicas podrán realizar su declaración anual al ejercicio fiscal 2020 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El periodo para realizar este trámite será de una semana.

Aunque la declaración de impuestos se efectúa en la página de internet del SAT y se llevará a cabo entre el 1 y el 7 de abril, los contribuyentes que están obligados a transparentar sus ingresos -no sólo para acceder la devolución de sus saldos a favor- sino para evitar problemas posteriores con esta institución son: asalariados, servicios profesionales, asalariados, honorarios, actividades empresariales, de incorporación fiscal y arrendatarios.

Los asalariados son personas que reciben un sueldo y prestaciones, las cuales son pagadas por un empleador; servicios profesionales se refiere a las personas que prestan un servicio a empresas o compañías, pero de forma individual, como es el caso de los freelancers.

En actividades comerciales entra la población que cuenta con una empresa dedicada al comercio, pesca, transportes, agricultura, industrias o servicios; arrendatarios son aquellos que reciben dinero por rentar sus propiedades y a incorporación fiscal pueden registrarse personas que prestan servicios, obtienen ingresos por intereses o están en alguna empresa.

A continuación te decimos que otros requisitos debes conocer antes de realizar tu declaración anual.

a procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) organizó talleres virtuales, impartidos por expertos fiscalista (Foto: Moisés Pablo/Cuartoscuro)
a procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) organizó talleres virtuales, impartidos por expertos fiscalista (Foto: Moisés Pablo/Cuartoscuro)

¿Qué más tengo que saber de acuerdo a mi régimen?

1) En caso de ser asalariado se debe declarar cuando:

-El ingreso fue de una sola patrona o patrón y se dejó de recibir antes del 31 de diciembr

-Si se obtuvieron ingresos de distintos salarios

-si hubieron ingresos por indemnización o jubilación

-si la totalidad de los ingresos anuales excede de 400 mil pesos

2) De estar adscrito a servicios profesionales (honorarios) deberán realizarlo:

-Aquellos que tienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios

3)Quienes estén en actividades empresariales e incorporación fiscal harán el trámite si:

-optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad

-las actividades empresariales llevadas a cabo a través de plataformas tecnológicas solo tendrán que hacerlo si no optaron por realizar pagos definitivos

todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2020 (Foto: Carlos Jasso/Reuters)
todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2020 (Foto: Carlos Jasso/Reuters)

4) También deberán rendir sus cuentas anuales al SAT los que renten algún inmueble, reciban intereses o dividendos, enajenaron o vendieron algún bien o adquirieron uno.

Aunado a lo anterior, todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2020, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos. También están obligadas a informar sobre los ingresos obtenidos por casa habitación, herencias, legados y premios obtenidos en el ejercicio 2020, siempre que la totalidad de los ingresos obtenidos sean superiores a 500 mil pesos.

Cabe destacar que la declaración de personas físicas se efectúa en la página de internet del SAT, ingresando los 13 dígitos del RFC y la e.firma. Después, se selecciona el apartado de declaración de personas físicas, y se agregan en la hoja de cálculo los datos que requiere el SAT.

Para facilitar el proceso, la procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) organizó talleres virtuales, impartidos por expertos fiscalistas, para explicar paso a paso cómo llenar el trámite y responder las preguntas de los participantes. Aunque los seminarios ya se llevaron a cabo, pueden verse en este enlace.

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