Cámara de Diputados aprobó en comisiones la despenalización y regulación del uso lúdico de la marihuana

Las comisiones de Salud y de Justicia en San Lázaro avanzaron en lo general el dictamen, documento que se espera discutir este martes en el Pleno, con sustantivos cambios del proyecto aprobado en el Senado

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Las comisiones en San Lázaro
Las comisiones en San Lázaro avanzaron el dictamen de la despenalización y regulación del uso lúdico de la marihuana (Foto: Cuartoscuro)

La Cámara de Diputados avanzó en sus comisiones este lunes la iniciativa para despenalizar y regular el uso lúdico de la marihuana, así como su cultivo, comercialización y otros, con cambios sustanciales con respecto al proyecto aprobado a mediados de noviembre en el Senado.

Las comisiones unidas de Justicia y de Salud le dieron el visto bueno al dictamen que crea la Ley Federal para la regulación del cannabis luego de una discusión de más de dos horas, y se espera que el polémico y urgente tema se discuta este miercoles en el Pleno de San Lázaro, de acuerdo con las fuentes consultadas por Infobae México.

El primer cambio fundamental a la iniciativa que llegó del Senado es que los diputados no respaldaron la creación de un Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. En el nuevo proyecto, se propone que quien asuma esas funciones sea la Comisión Nacional contra las Adicciones. Ésta tomará el control y la regulación de la nueva ley, la cual estará respaldada por el gobierno federal y la Secretaría de Salud (SSa), de acuerdo con el dictamen consultado por este medio.

Las comisiones de Salud y
Las comisiones de Salud y Justicia en San Lázaro le hicieron varios cambios sustanciales al proyecto aprobado en el Senado (Foto: Cortesía Cámara de Diputados)

Además, la producción de cannabis despenaliza hasta 28 gramos para consumo personal. Tendrá como fines: el autoconsumo; la producción en casa habitación para uso personal para uso lúdico; la producción por asociaciones de cannabis para consumo por los asociados para uso lúdico; la producción para la comercialización y venta con fines lúdicos; la producción con fines de investigación; y la producción de cáñamo para fines industriales.

El artículo 11 precisa que “es derecho de las personas mayores de dieciocho años consumir cannabis psicoactivo”. “El consumo deberá realizarse sin afectar a terceros, especialmente a personas menores de edad. Queda prohibido el consumo de cannabis en lugares denominados como ‘100% libres de humo de tabaco’, así como en las escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo. En dichos lugares se fijarán los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Comisión”, reza la disposición.

Además, el dictamen remarca que estará prohibido realizar cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remuneradas estando bajo los influjos del cannabis psicoactivo. También quedará prohibido el consumo de cannabis psicoactivo con fines lúdicos por personas menores de dieciocho años, pero los menores infractores no serán objeto de sanción alguna.

El nuevo dictamen aprobado este lunes también prohibirá la realización de todo acto de promoción y propaganda de la producción y el consumo del cannabis en cualquiera de sus presentaciones. y el Estado debera inhibir su consumo por parte de menores de veinticinco años”, precisa el documento.

El dictamen despenaliza hasta 28
El dictamen despenaliza hasta 28 gramos y permite sembrar y tener hasta seis plantas por persona y hasta ocho en una sola casa (Foto: Carlos Jasso/ Reuters)

Por otra parte, la venta del cannabis psicoactivo y sus derivados para uso lúdico se realizará exclusivamente dentro del territorio nacional, en los establecimientos autorizados por la Comisión en los términos de la ley.

Cuando las personas tengan el permiso que emitirá la Comisión, cualquier persona mayor de 18 años podrá cultivar y poseer en su lugar de residencia habitual hasta seis plantas de cannabis exclusivamente para su consumo personal con fines lúdicos. Las plantas deberán permanecer en la vivienda o casa habitación autorizada.

“Para el caso de que en la vivienda o casa habitación resida más de una persona consumidora mayor de dieciocho años, el número de plantas de cannabis será de un máximo de ocho por cada vivienda o casa habitación”, indica el dictamen.

En el dictamen de Diputados,
En el dictamen de Diputados, el nuevo Instituto para la regulación del cannabis no se contempla (Foto: Cuartoscuro)

Además, se podrán constituir asociaciones de cannabis, sin fines de lucro, para cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de los asociados con fines lúdicos. Las asociaciones deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad. Además, deberán limitarse a cultivar hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de 50 plantas.

“Queda permitido a las asociaciones y sus asociados efectuar los siguientes actos respecto al cannabis psicoactivo y sus derivados, propios para el uso de sus asociados, siempre que cumplan con los requisitos legales exigidos: sembrar; cultivar; cosechar; aprovechar; preparar; y consumir.

Con respecto a las sanciones administrativas, las multas aprobadas van desde los 60 hasta los 3,000 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), es decir, desde los 5,377 hasta los casi 270,000 pesos (entre USD 270 y USD 13,900), además de clausuras de asociaciones, decomiso de productos, suspensiones o cancelaciones de permisos e incluso arresto hasta por 36 horas.

La despenalización del "uso adulto"
La despenalización del "uso adulto" de la marihuana también incluye su comercialización, pero solamente en territorio mexicano (Foto: Edgard Garrido/ Reuters)

Asimismo, en aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 gramos y hasta 200 gramos de cannabis, sin las autorizaciones a que se refieren esta Ley y la Ley General de Salud, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación.

En su caso, la sanción será una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA. Es decir, desde los 5,377 hasta los 10,700 pesos (desde USD 270 y USD 535). Las multas para quienes empleen personas menores de edad para estos trabajos, las multas serán tan altas como los 270,000 pesos (USD 13,900).

Entre las modificaciones que propone el dictamen a la Ley General de Salud está el artículo 475 Bis, que precisa que se impondrá prisión de uno a tres años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa a quien sin la autorización prevista en la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, comercie o suministre, aun gratuitamente cannabis psicoactivo en cantidad que sea superior a doscientos gramos.

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