Calculadora de pensión: conoce el monto que recibirás en tu retiro si cotizas en IMSS, ISSSTE o como independiente

Realizar el proceso puede ser de mucha utilidad para planear un buen futuro

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Hay una calculadora para trabajadores
Hay una calculadora para trabajadores del IMSS, ISSSTE e independientes. (Foto: Pixabay)

Calcular el monto de la pensión que recibirá una persona cuando sea el momento de jubilarse puede ser de mucha utilidad para planear un buen futuro, por ello para ejecutar esa operación se podrá acceder a una herramienta especial, que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) tiene disponible.

En ese sentido, la Consar ofrece tres calculadoras diferentes, es decir, para los trabajadores que cotizan para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); aquellos que se ubican en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y de acceso a los independientes.

Para realizar el ejercicio de simulación en el caso de los trabajadores del IMSS se necesita lo siguiente:

*Año en que inició la cotización a la Ley del Seguro Social.

*Años cumplidos.

*Semanas cotizadas bajo la Ley del Seguro Social.

*Promedio de tu salario base de los últimos cinco años.

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Calcular el monto de la pensión que recibirá una persona cuando sea el momento de jubilarse puede ser de mucha utilidad para planear un buen futuro. (Foto: Pixabay)

Se trata de un cálculo de un estimado del importe de pensión considerando los supuestos de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

Además, los trabajadores del IMSS también deberán tomar en cuenta los siguientes requisitos:

*Tener 60 años cumplidos a la fecha de solicitud de pensión.

*Estar dado de baja en el régimen obligatorio del Seguro Social, es decir, no tener trabajo remunerado.

*Estar dentro del periodo de conservación de derechos.

*Tener al menos 500 semanas cotizadas.

*Tener cotizaciones antes del 1 de julio de 1997, para poder elegir la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

Para conocer cuándo se ingresó al IMSS, es decir, el año en que tu patrón realizó el registro, se podrá consultar el siguiente micrositio: http://imss.gob.mx/pensiones/preguntas-frecuentes/en-que-anio-ingresea-al-IMSS .

CALCULADORA PARA TRABAJADORES DEL IMSS

El trabajador que cotiza para el IMSS deberá ingresar a la siguiente calculadora: http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/imss/CalculadoraIMSS.aspx

Una vez ahí, tendrá que seleccionar primero su Administradora de Fondo para el Retiro (Afore), colocar su comisión, colocar su salario base de cotización mensual, saldo actual de la Afore y una serie de datos personales, inicio y finalmente dar click en calcular, donde automáticamente arrojará el monto que recibirá.

Para realizar el procesos se
Para realizar el procesos se requiere de algunos datos. (Foto: Pixabay)

CALCULADORA PARA TRABAJADORES DEL ISSSTE

Los trabajadores al servicio del Estado, que seleccionaron el régimen de cuentas individuales o comenzaron a cotizar a partir del 1 de abril de 2007, podrán calcular la pensión y evaluar el impacto en el aumento de ésta en caso de realizar el ahorro voluntario.

Su calculadora es la siguiente: http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/issste/CalculadoraISSSTE.aspx

En el sitio web para revelar la posible pensión, también podrá colocar la Afore, año de afiliación, valor nominal del bono del ISSSTE y datos personales.

CALCULADORA PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Para calcular la pensión de los independientes solicitarán: la edad, ahorro voluntario que se realiza mes con mes. En caso de tener Afore se deberá ingresar el saldo acumulado que se puede consultar en el estado de cuenta.

En ese sentido, el trabajador independiente podrá acceder a:http://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/independientes/CalculadoraIndi.aspx

La Consar recordó a los usuarios que los resultados estimados fueron calculados con base en las cifras que se proporcionaron y solo son mostrados para fines ilustrativos, por lo que carecen de valor oficial y no tienen efectos vinculantes con la Comisión.

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