Este jueves se hicieron públicos dos videos en los que se puede apreciar a Pío López Obrador, hermano del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, recibiendo sobres con dinero que le entrega David E. León Romero, entonces operador político del estado de Chiapas y hoy parte del gobierno.
En uno de los videos, publicados por el sitio LatiUs, del periodista Carlos Loret de Mola, y grabado en mayo de 2015, se puede ver a Pío López recibir un grueso sobre manila. Además, la conversación da a entender que las entregas de dinero se han realizado constantemente durante varios meses. “Hemos estado… prácticamente año y medio… he estado tarde algunas veces, pero estamos hoy”, se escucha decir a David León.
En el segundo video parece insinuarse que esas entregas de dinero son aportaciones para el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena): “Esto es para el tema de apoyarlos en el movimiento”, asegura León Romero en la grabación. “El chiste es apoyar, esa es la consigna... el proyecto al ’18″, añadió, lo que hace pensar que el dinero sería también utilizado para la campaña presidencial de 2018.
“Hazle saber al Licenciado a través de tus medios que lo estamos apoyando”, le pide David León a Pío López, en una presunta referencia al licenciado presidente Andrés Manuel López Obrador. “El chiste es apoyar, esa es la consigna... el proyecto al ’18″, añadió, lo que hace pensar que el dinero sería también utilizado para la campaña presidencial de 2018.
De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, en su Artículo 56, las aportaciones privadas a los partidos deben respetar ciertos límites, y éstos deben además expedir recibos para cada aportante y entregar una relación mensual de todas las aportaciones.
“Los partidos políticos deberán expedir recibos foliados en los que se hagan constar el nombre completo y domicilio, clave de elector y, en su caso, Registro Federal de Contribuyentes del aportante. Para el caso de que la aportación se realice con cheque o transferencia bancaria, la cuenta de origen deberá estar a nombre del aportante. Invariablemente las aportaciones o cuotas deberán depositarse en cuentas bancarias a nombre del partido político, de conformidad con lo que establezca el Reglamento.” Ley de Partidos, artículo 56, numeral 3.
“El partido político deberá entregar una relación mensual de los nombres de los aportantes y, en su caso, las cuentas del origen del recurso que necesariamente deberán estar a nombre de quien realice la aportación.” Ley de Partidos, artículo 56, numeral 5.
Por otro lado, el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), en su artículo 99, sobre la Determinación del financiamiento privado, señala que los partidos deben llevar un control mensual de las aportaciones externas, el cual deben presentar a las autoridades electorales.
“El control de folio mensual de aportantes al que hace referencia el artículo 56, numeral 5 de la Ley de Partidos, se presentará durante los diez días hábiles posteriores al mes que se reporte y deberá incluir la siguiente información del aportante: nombre completo y domicilio completo, RFC, monto aportado, número de recibo, descripción si es militante o simpatizante y fecha de la aportación” Reglamento de Fiscalización INE, artículo 99, numeral 2.
Los intercambios de dinero revelados en estos videos, presuntas dirigidos para el partido Morena y la campaña presidencial de Andrés Manuel López Obrador en 2018, podrían estar incumpliendo estas leyes y reglamentos en materia de aportaciones a partidos políticos, y llegar a constituir una falta.
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