SCJN invalidó proceso contra “El Bronco” en Nuevo León por uso de recursos públicos en campaña presidencial

Sin embargo, el máximo Tribunal en el país recordó que el Congreso Federal puede realizar ese trámite, después de que el Tribunal Electoral resolviera que debía ser sancionado

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Rodríguez consiguió un triunfo en tribunales, pero podría ser perjudicial en el mediano y largo plazo (Foto: Cuartoscuro)
Rodríguez consiguió un triunfo en tribunales, pero podría ser perjudicial en el mediano y largo plazo (Foto: Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este miércoles el proceso que el Congreso del estado de Nuevo León, en el norte de México, había determinado para sancionar al gobernador Jaime Rodríguez, conocido como “El Bronco”, por haber usado recursos públicos para echar a andar su campaña presidencial independiente de 2018.

La Primera Sala del máximo Tribunal del país, reunida a través de videoconferencia, votó 3-2 para declarar fundada la controversia constitucional presentada por el Poder Ejecutivo de Nuevo León, en contra del Poder Legislativo de la entidad. Las ministras Norma Piña y Margarita Ríos Farjat votaron en contra.

Los magistrados Alfredo Gutiérrez, Mario Pardo y el ponente del proyecto y presidente de la Primera Sala, Juan Luis González Alcántara, votaron a favor para construir la mayoría simple necesaria para que procediera la invalidez.

Las magistrada Piña y Ríos Farjat votaron en contra, pero aún así el proyecto se aprobó con una mayoría de tres votos (Foto: Captura de Pantalla)
Las magistrada Piña y Ríos Farjat votaron en contra, pero aún así el proyecto se aprobó con una mayoría de tres votos (Foto: Captura de Pantalla)

“Es procedente y fundada la presente controversia constitucional. Se declara la invalidez del Acuerdo impugnado por el que el Congreso del estado de Nuevo León expidió las reglas procesales que se aplicarían en el proceso para sancionar al titular del poder ejecutivo de la entidad, publicado el 25 de septiembre de 2019″, indica el proyecto, consultado por Infobae México.

Además, declararon la invalidez del Acuerdo de radicación e Inicio de Procedimiento derivado de las reglas procesales referidas. “Esta Primera Sala considera que el acuerdo impugnado por el que se emiten las reglas procesales es contraria a la Constitución política, y lo procedente es declarar su invalidez”, añade el proyecto.

Esto, ya que el procedimiento descrito en esa reglas procesales “no se ajusta al sistema de responsabilidad política previsto en el Título Cuarto de la Constitución”. “Resulta en una intromisión indebida de congreso local en el funcionamiento del Poder Ejecutivo, que se deposita en su titular, conforme el artículo 81 de la Constitución local”, especifica.

Rodríguez podría encarar el proceso de juicio político después de que haya culminado su periodo como gobernador, en 2021 (Foto: Cuartoscuro)
Rodríguez podría encarar el proceso de juicio político después de que haya culminado su periodo como gobernador, en 2021 (Foto: Cuartoscuro)

Y es que El Congreso de Nuevo León comenzó en 2019 con un proceso sancionador contra El Bronco debido al uso de recursos públicos para obtener las firmas ciudadanas necesarias para presentarse como candidato independiente en las elecciones presidenciales de 2018, en donde acabaría en la cuarta posición.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó a mediados de junio lo resuelto por la Sala Regional Especializada en marzo, en la que vinculó al Congreso Local de Nuevo León a “agotar el procedimiento que inició con la imposición de la sanción, pero no ejecutarla en cuanto al gobernador del estado.

En el proyecto de González Alcántara, se precisa que la invalidez que oficializó este miércoles la SCJN es “sin menoscabo de la competencia que el Tribunal Electoral reconoció en el Congreso local para sancionar”, pues las resoluciones de ese Tribunal no fueron materia de la controversia y, por tanto, se encuentran vigentes.

La resolución del Tribunal Electoral no estuvo incluida en la controversia que la SCJN invalidó (Foto: Cuartoscuro)
La resolución del Tribunal Electoral no estuvo incluida en la controversia que la SCJN invalidó (Foto: Cuartoscuro)

Es por ello que la Primera Sala dejó a salvo esa facultad, para que, de estimarlo oportuno, “el Congreso local regularice el proceso de atribución de responsabilidades que ordenó la Sala Regional Especializada bajo los lineamientos expresados en esta resolución, tomando como base el sistema de responsabilidad política”.

Con esta decisión, la Corte recordó que, aunque invalidó el proceso de sanción en Nuevo León, la Constitución mexicana señala un camino específico de responsabilidades. “El procedimiento debió de haber comenzado por la acusación respectiva de la Cámara de Diputados”, indicaron. Posteriormente, debió haber sido acompañada por la resolución declarativa del Senado.

Ausentes estos elementos, el Congreso local no estaba en condiciones para emitir el Acuerdo que contiene las Reglas procesales para sancionar al titular del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León
La SCJN indicó que el proceso debería haber comenzado por ambas Cámaras del Congreso federal (Foto: Cuartoscuro)
La SCJN indicó que el proceso debería haber comenzado por ambas Cámaras del Congreso federal (Foto: Cuartoscuro)

Rodríguez finalizará su mandato en el estado norteño en 2021, cuando sea elegido su sucesor en las elecciones intermedias de ese año. Por lo tanto, el proceso para un eventual proceso político en su contra, que podría derivar en sanciones como la imposibilidad de volver a ocupar un cargo político, se podría alargar hasta después de que deje su cargo actual.

El último caso de un juicio político ocurrió en marzo, cuando la Cámara de Diputados se erigió como un Órgano de Acusación para juzgar a Rosario Robles, ex secretaria de estado en el gobierno de Enrique Peña Nieto (2012-2018), hoy en día en prisión preventiva por supuesto ejercicio indebido del servicio público.

La Cámara de Diputados asumió ese papel que le otorga la Constitución en casos específicos por primera vez en 93 años. El proceso culminó en el Senado, que se erigió en jurado de sentencia y la suspendió durante 20 años de cualquier aspiración política.

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