De acuerdo con las leyes de inmigración existen varios tipos de visa para viajar a Estados Unidos y son:
Las visas de no inmigrante que se dividen en Negocios & Turismo (B1/B2)
Con este tipo de visa los solicitantes deben demostrar su intención de entrar a Estados Unidos por un periodo temporal y que cuentan con la economía necesaria para cubrir los gastos de su viaje. La visa B1 se enfoca para viajes de negocios, entrenamientos, clientes, etc.
En tanto, la B2, se encuentra diseñada para actividades turísticas, tales como compras y turismo, así como visitas de parientes o amigos.
Todos los ciudadanos mexicanos menores de 15 años aplicados para una visa B1/B2 deberán pagar al menos USD 160 con una validez de 10 años.
Visas para miembros de tripulación (Visas C1/D)
Este tipo de visas considera la responsabilidad y actividades de cada persona, es decir, es común darla a tripulantes en líneas de cruceros, pero no a personal de belleza, entretenimiento y salvavidas.
La documentación para tramitarla puede variar pero la mayoría de las veces solicitan pasaporte, acta de nacimiento, credencial del INE, comprobante de finanzas, comprobante de educación y comprobante de empleo.
Visas de estudiante (F y M)
En este caso, el alumno primero debe solicitar y ser aceptado en una escuela de Estados Unidos, cuando es acreditado, la institución enviará un formulario que deberá presentar para solicitar la visa en la Embajada de Estados Unidos en la Ciudad de México.
Visas de intercambio Académico (J)
Con ella se busca promover el intercambio de personas, conocimiento y habilidades en campos de educación, artes y ciencias. Participan estudiantes de todos los niveles académicos y alumnos con capacitación laboral en empresas, profesores, investigadores y visitantes internacionales con conocimientos especializados.
Entre los requisitos destaca el Pasaporte, hoja de confirmación de la solicitud, recibo de pago, entre otros.
Visas empleo basado en petición (H, L, O, P)
Con este documento una persona puede trabajar en Estados Unidos; sin embargo, la empresa para la que labora debe tramitar su petición ante el Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EEUU. Si se aprueba, la compañía recibirá un formato denominado I-797 para acceder al trámite.
Profesiones religiosas (R)
Las personas que busquen este tipo de visas deberán entrar con la convicción de desarrollar únicamente una vocación religiosa como ministro o para trabajar profesionalmente en una ocupación u organización religiosa.
Prensa y Medios (I)
Esta es requerida principalmente por empleados de revistas, periódicos, televisión y radio, además de otras organizaciones de medios de información que viajarán a Estados Unidos para cubrir eventos especiales en ese país.
Documentación requerida:
- Pasaporte vigente,
- La hoja de confirmación de la solicitud DS-160 impresa,
- Recibo de pago original,
- Carta del Empleador: La carta debe describir su ocupación, la posición que desempeña actualmente, el propósito del viaje y las fechas de estadía en la Unión Americana, y
- Identificación: Credenciales emitidas por su empleador.
Comerciantes (E-1)
En este caso y las de Inversionistas (E2) son visas no inmigrantes para ciudadanos de un país en el que EEUU mantiene algún acuerdo comercial y se requieren para desarrollar o dirigir operaciones de una empresa en Estados Unidos en donde el ciudadano ha invertido.
Miembros de organizaciones internacionales (G)
La visa G-1 se otorga a representantes de un gobierno de forma temporal para atender juntas de organizaciones. Las G-4 se dan a individuos que llevarán a cabo una comisión en una organización internacional designada, incluyendo Naciones Unidas.
NAFTA (TN)
La Visa TN fue creada luego que fuera firmado el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (North Free Trade Agreement – NAFTA) en 1994 para facilitar el traslado temporal de profesionistas entre Canadá, México y Estados Unidos.
Los ciudadanos mexicanos que califican en esta visa son aquellos que tienen una oferta de trabajo en uno de los puestos que se enlistan en el TLCAN.
Víctimas de tráfico de personas (T)
En este caso fueron creadas para víctimas de crímenes violentos cometidos en Estados Unidos. Creada para víctimas de tráfico de personas de formas severas.
Víctimas de Actos Criminales (U)
Este tipo de visa fue creada para víctimas de crímenes violentos, que ayudan con la investigación de la actividad criminal o persecución del acusado.
Grupos
Este tipo de visa se puede solicitar si se cumple con lo siguiente:
- Son un grupo de 3 personas o más viajando juntos con un mismo propósito de viaje (esto no incluye familias, ni viajes organizados por agencias de viajes). Algunos ejemplos son grupos deportivos, culturales, compañeros de trabajo que van a entrenamiento o conferencias, y estudiantes en programas de intercambio culturales.
- Los miembros del grupo tienen una petición de trabajo otorgada por USCIS, desempeñándose como empleados temporales (visas H2A o H2B), músicos, o con habilidades extraordinarias, etc. (visas O y P).
Ciudadanos de otros países
Los solicitantes que entren en ésta categoría podrán solicitar la visa en la Embajada de los Estados Unidos o en los Consulados de EU en Ciudad Juárez, Guadalajara, Hermosillo, Matamoros, Mérida, Monterrey, Nogales, Nuevo Laredo o Tijuana.
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