Profeco determinó que AT&T no puede realizar un cobro extra anual a sus usuarios

Para poder llevar a cabo un cargo de este tipo, las personas deben dar su consentimiento expreso, de lo contrario es posible presentar una denuncia ante el organismo de defensa al consumidor

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Para poder llevar a cabo
Para poder llevar a cabo un cargo de este tipo, las personas deben dar su consentimiento expreso, de lo contrario es posible presentar una denuncia ante el organismo de defensa al consumidor. (Foto: Cuartoscuro)

Hace unos días se dio a conocer que la compañía telefónica estadounidense, AT&T, aplicaría un cobro extra anual a partir del próximo 1 de noviembre con un valor de 225 pesos a todos aquellos usuarios que adquirieron su equipo en pagos; sin embargo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) determinó que la empresa no tiene el derecho para realizar dicho cargo.

A través de un comunicado, la Profeco indicó que la empresa no puede realizar el cargo de conformidad a la normativa NOM-184-SCFI-2018 y a los contratos que registró la empresa ante esta dependencia.

“Para que la compañía esté facultada para hacer este cobro, es necesario que dé conformidad a la normativa y el consumidor otorgue su consentimiento expreso; ya que de lo contrario, está en su derecho de exigir el cumplimiento de los términos y condiciones bajo los cuales celebró su contrato (plazo forzoso)", se puede leer en el documento.

La Procuraduría explicó que realizar un cargo de este tipo implica que la proveedora le haya notificado a la persona con quince días de anticipación y que ésta haya otorgado su consentimiento. En el caso de no haber aceptado de manera expresa el cargo, se exhortó a los consumidores a defender sus derechos a través del organismo que dirige Ricardo Sheffield Padilla.

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Para realizar un cargo de este tipo, la proveedora debe notificar a la persona con quince días de anticipación. (Foto: Isabel Mateos/Cuartoscuro)

De acuerdo con información de la empresa, los planes en los que se haría el cobro son los AT&T Consíguelo/Compártelo. Además, refirió que el mismo aplicaría para los usuarios con menos de un año de permanencia con un contrato de este tipo. A manera de retribución, señaló que se le abonaría 1 GB extra de datos de navegación a las personas cada vez que se le realice el cargo.

Sobre este nuevo cobro, la empresa señaló que se debe a diferentes condiciones y factores del mercado de telecomunicaciones en el país, pero no dio una causa en específico.

“Nuestra estrategia de negocio depende de las condiciones actuales del mercado mexicano y no se da por un factor. Se toman en cuenta muchos aspectos de la industria, que se analizan con cuidado”, expuso la compañía.

El problema más grande de la telefonía móvil para México

Actualmente, uno de los problemas más relevantes para la experiencia de los usuarios de telefonía móvil en el país es la portabilidad no consentida, pues este asunto, según el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), ha experimentado un crecimiento importante desde los primeros meses de 2018 hasta ahora.

El proceso de portabilidad no
El proceso de portabilidad no consentida ha sido uno de los que más problemas ha generado en la población digital. (Foto: Pixabay)

La portabilidad consiste en el cambio de una compañía a otra, pero la cuestión es que los usuarios no lo consienten o lo hacen con base en engaños. De acuerdo con cifras del IFT, en 2017 se habían presentado 232 quejas al respecto, pero en lo que va del 2019 se han registrado 1.020, lo cual representa un crecimiento de casi cinco veces más.

Para realizar este proceso sin que la persona se dé cuenta, quienes buscan hacer la portabilidad envían un mensaje de texto con un NIP sin que el usuario lo solicitara. Después, una persona que finge ser parte de la operadora original le pide ese código y con ello ya puede realizar el cambio de línea.

Ante esto, el IFT tomó la determinación de que la plataforma digital a la que tienen acceso los canales de venta y call center para comenzar los procesos de portabilidad será eliminada por completo. Además, los NIP tendrán una vigencia de cinco días; no obstante, es importante mencionar que estas modificaciones entrarán en vigor el 28 de diciembre de 2019.

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