La minería submarina apunta a obtener metales del fondo del mar bajo la idea de que es un procedimiento menos dañino para el planeta Tierra. No obstante, aún persisten dudas sobre los efectos que puede tener en los océanos.
Por ejemplo, algunos sedimentos como el limo o la arcilla podrían salir a la superficie por la intervención de los vehículos colectores y, de este modo, se opacaría el agua. Además, el ruido y la luz emitidos por las maquinarias afectarían a los ecosistemas, que están repletos de animales acostumbrados a vivir en silencio y oscuridad.
En ese sentido, la revista Wired citó un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que plantea esta problemática. “El consenso científico actual sugiere que la minería en aguas profundas será muy dañina para los ecosistemas oceánicos”, dice el escrito.
El organismo que regula la minería subacuática es la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA, por sus siglas en inglés). Según postula Michael Lodge, secretario general de la entidad, “el océano profundo situado por debajo de los 200 metros es el hábitat más grande para la vida en la Tierra y el de más difícil acceso. El fondo marino, al igual que el medio terrestre, está formado por cordilleras, mesetas, picos volcánicos, cañones y vastas llanuras abisales. Este lugar contiene la mayoría de los mismos minerales que encontramos en tierra, a menudo enriquecidos, así como minerales que son específicos del océano profundo, como las costras de ferromanganeso y los nódulos polimetálicos”.
De acuerdo a lo explicado por Lodge, “la Autoridad ha elaborado reglamentos, que incluyen disposiciones relativas a la protección ambiental, para regular las actividades de exploración (minería submarina). Hasta la fecha ha aprobado 28 contratos de exploración en los océanos Pacífico, Índico y Atlántico, que abarcan más de 1,3 millones de kilómetros de fondo oceánico. Estos contratos los pueden suscribir los Estados partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) y las empresas patrocinadas por ellos”.
Recientemente, en una de las sesiones del Consejo de la ISA que se llevó a cabo en Kingston, Jamaica -sede del organismo-, hubo sendos avances hacia una “pausa” en esta industria, ante los múltiples desafíos ambientales y sociales, y los riesgos económicos. Según informó en un comunicado la coalición Deep Sea Conservation (DSCC), que participó de las conversaciones, Vanuatu, Nueva Zelanda, Panamá, Samoa, Alemania, Costa Rica, Chile, España, Panamá, Ecuador, Francia, Palau, Fiyi y Estados Federados de Micronesia son las naciones que apoyan una moratoria o prohibición a la minería submarina.
“Estas negociaciones dejaron muy claro que existe una agenda a favor de la minería profundamente arraigada dentro de la Secretaría de la ISA y que la ISA no es adecuada para su propósito”, denunció Duncan Currie, asesor legal internacional de DSCC.
A su turno, Sofia Tsenikli, líder de campaña de moratoria de minería en aguas profundas de DSCC, planteó: “Si se adoptan reglas y regulaciones, esto marcaría el comienzo de la operación minera más grande en la historia de la humanidad en uno de los entornos más frágiles de nuestro planeta. Los científicos nos advierten que, si la industria siguiera adelante, causaría un daño permanente generalizado a nuestro océano”.
Uno de los puntos que generó controversia en el encuentro en Jamaica fue el sistema de licencias para la exploración de minerales en el océano. Es que si un país miembro solicita una autorización para iniciar minería marina en aguas internacionales, la ISA tiene dos años para emitir una respuesta. En caso de no hacerlo en ese lapso, la solicitud se considera aprobada “provisionalmente”.
En ese tono, los estados miembros del Consejo de la ISA debatieron desde el pasado 16 de marzo sin alcanzar un acuerdo sobre un procedimiento para manejar las licencias provisionales. Entre el 10 y el 28 de julio próximos habrá otro encuentro que podría resultar crucial, ya que por esos días vencen los plazos de dos años de algunas solicitudes.
Cabe recordar que en 2022, la Unión Europea (UE) dio a conocer la agenda renovada sobre la gobernanza internacional de los océanos. Allí, en uno de los apartados, llamaron a “proteger el fondo marino, prohibiendo la explotación minera que los destruye”. En un comunicado, la Comisión puntualizó que sus planes para suprimir la minería en los fondos marinos son para evitar los “efectos nocivos” de esta actividad, hasta que no se aclaren “las lagunas científicas” que, a su juicio, existen alrededor de este tipo de actividades.
¿Por qué hay interés en la minería submarina? Según el ya mencionado Michael Lodge, por “los avances tecnológicos en la extracción y tratamiento de los recursos minerales del mar y al aumento de la demanda a largo plazo de minerales, suscitada por la globalización y por la industrialización del mundo en desarrollo”. En ese tono, “los yacimientos terrestres de minerales de mayor calidad y fácil extracción están disminuyendo rápidamente. Están sometidos a una presión cada vez mayor debido a la necesidad de atender a una población mundial en continuo crecimiento, a una clase media en expansión que está impulsando la urbanización y a la necesidad de contar con infraestructuras renovables y con bajas emisiones de carbono”.
Bajo estos preceptos, para Lodge, “la prioridad principal de la ISA es elaborar un régimen jurídico para la explotación de estos recursos. Esto implica tener en cuenta una serie de cuestiones tecnológicas, financieras y ambientales. Aunque habrá variantes tecnológicas en el equipo de extracción requerido para cada tipo de yacimiento de mineral, el concepto básico y la metodología para la extracción son similares. En todos los casos, un vehículo colector entrará en contacto con el fondo marino y recogerá los depósitos minerales. En todos los casos, los materiales extraídos junto con el agua de mar se llevarán hasta la superficie mediante un sistema de elevación y serán transportados hasta una nave de apoyo. Allí, el mineral se separará del agua de mar y será transportado a las plantas de tratamiento en tierra”.
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