El presidente de EEUU, Donald Trump, reemplazó su veto migratorio a seis países de mayoría musulmana, que expiró este domingo, con un decreto que impone restricciones a ocho naciones, entre ellas Venezuela.
El anterior veto de Trump, emitido en marzo, entró en vigor parcialmente a finales de junio e impedía durante 120 días el acceso a EEUU de refugiados y, durante 90 días, el de ciudadanos de Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia.
Los nuevos impedimentos se basan en una revisión mundial en función de la información sobre seguridad que los diferentes países comparten con EEUU, y no en criterios de religión o raza, argumentaron altos funcionarios del Gobierno en una rueda de prensa telefónica, buscando evitar la polémica del anterior decreto.
"Como presidente, debo actuar para proteger la seguridad y los intereses de EEUU y su pueblo", escribió Trump en la notificación oficial el gobernante.
De la lista anterior, cinco países permanecieron en la lista: Irán, Libia, Siria, Yemen y Somalia. Sin embargo, la Casa Blanca decidió que Sudán no sería incluido en el nuevo decreto por su "mejor nivel de cooperación" con las autoridades estadounidenses.
A su vez, se añadió a Chad, Corea del Norte y Venezuela, en una proclamación presidencial que entrará en vigor el próximo 18 de octubre.
Qué significa
El decreto no es un veto de viaje conjunto a esos ocho Estados, sino que marca restricciones según el país, aunque la mayoría de los ciudadanos de Irán, Libia, Siria, Yemen, Somalia, Chad y Corea del Norte tendrán prohibido el ingreso en EEUU de forma indefinida.
"Hacer que EEUU sea seguro es mi prioridad número uno. No admitiremos en nuestro país a aquellos que no podemos chequear de forma segura", advirtió Trump, después de publicar las medidas, en su activa cuenta personal de la red social Twitter.
La proclamación pretende "mejorar las capacidades y procesos de vigilancia para detectar el intento de entrada a Estados Unidos de terroristas u otras amenazas a la seguridad pública".
Las limitaciones, además, no tendrán impacto en aquellas personas que ya dispongan de un visado estadounidense: "No hay ningún plan para revocar ningún visado que sea válido", remarcó un alto funcionario del Gobierno.
Quiénes son los venezolanos afectados
Venezuela está incluida porque "su Gobierno no coopera en verificar si sus ciudadanos representan amenazas para la seguridad nacional o la seguridad pública", según la orden emitida por Trump. "El Gobierno de Venezuela falla al compartir adecuadamente información relacionada con seguridad pública y terrorismo", agregó.
Además, el Ejecutivo venezolano tampoco colabora "completamente" en la recepción de "sus nacionales sujetos a órdenes finales de expulsión de Estados Unidos", según la proclamación de Trump.
Por consiguiente, las restricciones se centran en "funcionarios del Gobierno de Venezuela que son responsables de las deficiencias identificadas".
Queda, pues, suspendida la entrada en Estados Unidos de funcionarios de agencias gubernamentales venezolanas como el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores o el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
También tienen prohibido pisar territorio estadounidense los "miembros de la familia inmediata" de esos funcionarios venezolanos que pretendan viajar como no inmigrantes con visados de negocios o de turista.
Esta decisión tensa aún más la complicada relación entre Venezuela y EEUU, que ya ha castigado en los últimos meses al régimen chavista con sanciones por promover la creación de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) con poder para redactar una nueva Constitución y que no es reconocida por la oposición.
Disputa en la Justicia
Trump proclamó una primera versión del veto migratorio el 27 de enero, una semana después de llegar a la casa Blanca, pero tuvo que firmar otra orden ejecutiva en marzo para sustituirlo y restringirlo ante los continuos reveses judiciales.
El segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original. El Tribunal Supremo de Estados Unidos permitió su entrada en vigor y dio discrecionalidad al Ejecutivo para definir sus propias normas de aplicación, aunque en una audiencia programada para el 10 de octubre estudiará su legalidad a fondo.
Está ahora por ver si la tercera orden emitida este domingo afronta también desafíos en los tribunales.
(Con información de EFE)