Gobierno nacional respondió a la Fiscalía tras negativa de suspender órdenes de captura de miembros del Clan del Golfo

El ministro del Interior, Alfonso Prada, sostuvo que la promulgación de la Ley 2272 de 2022 sí permite levantar las medidas

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Tras la negativa de la Fiscalía General de la Nación de suspender las órdenes de captura de dieciséis integrantes de los grupos delincuenciales conocidos como el Clan del Golfo entre los que se encontraba el cabecilla conocido bajo el alias Chiquito Malo, y Los Pachenca, que operan en la región de la Sierra Nevada; el Gobierno nacional respondió por intermedio del ministro del Interior y vocero del Gobierno, Alfonso Prada, luego de que el organismo comunicara dicha decisión al alto comisionado para la Paz, Danilo Rueda.

El Gobierno nacional respetó la decisión tomada por la Fiscalía e invitó a avanzar en un diálogo directo y formal entre ambas partes, debido a que, según el ministro del Interior, la ley 2272 facultó al presidente de la República para solicitar la suspensión de dichas órdenes de captura.

El ministro del Interior de Colombia, Alfonso Prada, respondió a la Fiscalia General de la Nación tras conocerse su negativa a revertir las ordenes de captura contra miembros del Clan del Golfo y Los Pachenca (REUTERS/Luisa González)
El ministro del Interior de Colombia, Alfonso Prada, respondió a la Fiscalia General de la Nación tras conocerse su negativa a revertir las ordenes de captura contra miembros del Clan del Golfo y Los Pachenca (REUTERS/Luisa González)
“Queremos avanzar en un diálogo directo y formal con la Fiscalía General de la Nación para explicar que el argumento que exponen se fundamenta en dos decretos que reglamentaron la ley 418 recién modificada. Esos decretos se expidieron en 2012 y 2015 y no están diseñados para levantar órdenes de captura de organizaciones armadas de alto impacto del crimen”

Ese es el motivo, de acuerdo con el encargado de la cartera nacional, para que la Fiscalía considere que el Gobierno no tiene potestad para levantar las órdenes de captura, puesto que por su naturaleza de grupos criminales no tienen derecho a tener status político ni a reconocerse en una mesa de diálogo.

“Eso es lo que cambió la ley 2272 de 2022, facultando al presidente para solicitar la suspensión de este tipo de órdenes de captura”

Prada sostuvo que dicha ley modificó los dos decretos bajo los cuales la Fiscalía sostiene su argumentación, puesto que ampliaría las facultades del Gobierno para solicitar suspensiones de capturas.

También envió un mensaje al ente judicial y a la opinión pública explicando la importancia de esta medida que se viene impulsando por parte del Gobierno de Gustavo Petro:

“La única manera de tener la Paz Total es avanzar en el desmonte de las organizaciones tanto que tienen estatus político como las que no lo tienen. Unas terminaran con acuerdos de paz, y las otras con sometimiento y desmantelamiento de las organizaciones criminales”

El ministro sostuvo que esta figura no estaba completada cuando se legisló en los decretos de 2012 y 2015. “Al ser nueva la figura, se aplica directamente la ley”, añadió Prada, que afirmó que su declaración busca darle un contexto a la solicitud que se le hizo a la Fiscalía para revertir las órdenes de captura.

Los motivos de la Fiscalía

El miércoles 11 de enero, la Fiscalía General de la Nación envió a Danilo Rueda, alto comisionado para la Paz, una comunicación firmada por la vicefiscal Martha Yaneth Mancera, en la que se le notificó la negativa para revertir las órdenes de captura contra los miembros del Clan del Golfo y Los Pachenca solicitado por el Gobierno.

Dos argumentos fueron esgrimidos por la funcionaria. Por un lado, un fiscal general no puede estar por encima en términos de criterio a un juez de la República, puesto que constituye una extralimitación de sus funciones. Eso ya hace que la Fiscalía se vea incapacitada para retirar las órdenes, de acuerdo con este concepto, salvo que se emita un fallo por parte de algún magistrado que lo autorice.

El otro argumento presentado fue que los sujetos con órdenes de captura vigentes integran los denominados Grupos Armados Organizados (GAO). Es decir, no se agrupan dentro de ninguna de las bandas criminales que normalmente se someten a una negociación diferente a las que disponga la justicia ordinaria.

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