Desde el 11 de enero iniciaron los llamados de concentración, campañas de incorporación y reclutamiento por parte del Ejército Nacional de Colombia. La convocatoria está dirigida a las personas interesadas en prestar el servicio militar con esta fuerza del Estado.
Se pueden presentar tanto hombres como mujeres que se encuentren entre los 18 y 23 años de edad. Quienes deseen postularse a la convocatoria deben dirigirse a los distritos o unidades militares de cada región, también pueden obtener información en el teléfono 3208329660.
El coronel Manuel Enrique González Díaz, comandante de la Décima Cuarta Brigada, resaltó los beneficios que reciben los nuevos reclutas, tales como: servicios de salud, alojamiento, alimentación, vestuario y bonificación mensual que obtienen quienes ingresan a la Institución.
Por otra parte, desde el Ejército se describió esta vivencia como, “18 meses en los cuales los jóvenes, que opten por vivir esta gran experiencia, tendrán la oportunidad de tener una preparación física y psicológica que les permitirá forjar su disciplina, coordinación, espíritu de cuerpo y su proyecto de vida”.
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A través de las redes sociales, el Ejército Nacional ha desarrollado una fuerte campaña de convocatoria, y ha solicitado a la ciudadanía ayudar a compartir la información, por medio de mensajes como: “Nos gustaría contar con tu apoyo para una publicación en redes sociales, estamos impulsando el hashtag #IncorpórateAlEjército. Conocemos de tu fortaleza en estas plataformas y como comunicadores podrías informar que el Ejército Nacional es un estilo de vida para servirle a los colombianos”.
Uno de los énfasis más fuertes de la campaña es la invitación a las mujeres, pues desde hace dos décadas esta institución no abría una convocatoria para este sector de la población. Se espera que más de 5.000 mujeres se vinculen a esta fuerza pública, en la que recibirán el entrenamiento básico y luego serán redirigidas a las áreas en las que quieran desempeñarse.
La Ley 1861 de 2017 es la encargada de reglamentar el reclutamiento de los colombianos, en esta se indica que los hombres tienen la obligación de prestar el servicio mientras que en el caso de las mujeres se trata de una acción voluntaria.
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No obstante, es necesario recordar que el marco legal colombiano también contempla el derecho a objetar conciencia al servicio militar obligatorio. Esta es explicada por la ONG Temblores como la negativa a cumplir la obligación que impone el Estado colombiano a sus ciudadanos varones.
Para apelar a esta opción es necesario hacer exposición de los motivos éticos, religiosos, entre otros, que llevan al ciudadano a declararse impedido para comportarse de una forma determinada durante la prestación del servicio, por ir en contra vía de sus convicciones.
“La objeción de conciencia ha sido reconocida por la Corte Constitucional como un derecho fundamental al estar íntimamente relacionado con el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y culto”, se expone desde la ONG Temblores.
Existen múltiples organizaciones sociales que brindan orientación y apoyo a quienes prefieran optar por ser objetores de conciencia. Entre ellas, la ONG antes citada, que ha construido formatos y guías. También se encuentra la organización Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia (ACOOC), que tiene disponible la línea 3003824059, para atender y orientar a quienes lo requieran.
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