El Ministerio de Transporte anunció a los colombianos la prórroga para efectuar el trámite de traspaso a persona indeterminada, la cual culminará el 5 de agosto de 2025, esto según lo especificado en la Resolución No. 20223040044765 del 02 – 08 – 2022.
Conforme a lo señalado, los ciudadanos que ejecutaron la venta de su vehículo y no legalizaron el cambio de propietario ante las secretarías distritales de Movilidad (SDM) y no tienen conocimiento de su paradero tendrán tres años más para llevar a cabo el proceso de este trámite.
Esta decisión se tomó luego de hacer validaciones en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) en cuanto a la demanda de registros de propiedad de vehículos a personas indeterminadas durante la vigencia de la resolución No. 3282.
Cabe resaltar que debido a que se llevaron a cabo más de 213 mil traspasos se determinó que de no seguir con este trámite se generaría un gran impacto en la ciudadanía, ya que de no hacer el registro de traspaso podría resultar implicado en delitos hechos con el vehículo, fotomultas, embargos de cuentas bancarias y bienes, entre otras complicaciones originados por el nuevo propietario del automotor.
Las autoridades de Movilidad hicieron una invitación a toda la ciudadanía para que adelanten los procesos del trámite, con antelación, para evitar contratiempos con las entidades distritales. Para esto, los aún propietarios de los vehículos deben revisar los requisitos explicados en: trámites/traspaso, y agendar una cita en la Ventanilla Única de Servicios para asistir a cualquiera de los puntos de atención.
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Requisitos para hacer el traspaso de propiedad a persona indeterminada
- Para adelantar el trámite, el propietario del vehículo sea una persona natural o jurídica debe estar inscrito en el sistema RUNT.
- Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: cédula de ciudadanía o contraseña. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.
- En el caso de persona jurídica se verifica existencia y representación legal en el sistema RUES.
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
- Demostrar que transcurrieron al menos tres años desde el momento en que dejó de ser poseedor.
- Que no cuente con el contrato de compraventa y/o documento en el que conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo.
- Que las circunstancias en que se encuentre no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, previstas en el artículo 40 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
- Formulario de ‘Solicitud de Trámite’ debidamente diligenciado. En el campo de comprador, debe hacerse la anotación “Persona Indeterminada”.
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La Ventanilla Única de Servicios detalló que cuando los tramites, por adelantarse ante un organismo de tránsito, se efectúan a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.
Estas son las tarifas del trámite para 2023
- Automóvil, maquinaría agrícola industrial y de construcción autopropulsada, remolques y semirremolques: $174.100.
- Motocicleta: $98.000.
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